Con o sin norma, las empresas deben pagar el internet y la luz en home office Con o sin norma, las empresas deben pagar el internet y la luz en home office
Foto: fauxels en Pexels.

En marzo de 2020, Noé Baena comenzó a trabajar desde su casa por la pandemia de Covid-19, solo con un equipo de computo que le prestó la compañía. Es programador en una consultora de transformación digital y, desde hace más de un año, los gastos derivados del home office los paga él. El internet, la luz y la telefonía corren por su cuenta.

Cuando en enero pasado se publicó la reforma a la Ley Federal del Trabajo para regularizar el home office, pensó que su empresa empezaría a asumir parte de los costos derivados por el teletrabajo –tal como lo marca la legislación–, pero no pasó. La compañía le informó a sus empleados que los apoyará con los pagos proporcionales hasta que la Secretaría del Trabajo publique la norma complementaria.

“Desde que se aprobó la nueva ley, se nos indicó que en cuanto se defina bien cómo se va realizar la compensación vamos a recibirla de forma retroactiva”, cuenta Baena en entrevista para La-Lista.

Aunque todavía no se cuenta con la Norma Oficial Mexicana (NOM) que lo detalla, las empresas ya están obligadas a dar compensaciones a los trabajadores que realicen más de 40% de sus actividades en home office, dice Sonia Juárez Morena, maestra en Derecho por la UNAM.

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Esto ya es una obligación, el (artículo) 331 tiene esas obligaciones. Está regulando el teletrabajo y dice cuáles son las obligaciones y derechos de patrones y trabajadores, y eso incluye el derecho a la desconexión, porque justo muchos trabajadores se quejaban de que no conviene el home office porque el patrón asume o presume que el trabajador debe estar las 24 horas del día”.

Tras la publicación de la reforma en el Diario Oficial de la Federación, la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) tiene 18 meses para crear la NOM que regule el teletrabajo. De ocupar todo el plazo permitido, la NOM que detalle los reintegros por teletrabajo podría quedar hasta junio de 2022. Para la académica de la UNAM, el plazo fijado en la reforma “es excesivo porque es algo práctico, el patrón sabe realmente cuáles son los impuestos y pagos que tiene que hacer”.

Para la definición de la norma, la secretaría alista una consulta nacional con los sectores de la producción y los trabajadores. De acuerdo con Juárez Morena, la regulación del teletrabajo debe establecer los montos mínimos o máximos para los reintegros de gastos, así como las sanciones para quienes incumplan. Debe ser una norma equilibrada, considera la especialista, con un ganar-ganar para patrones y trabajadores.

La empatía no es para todos

En el país sólo 12% de las compañías ha podido migrar al trabajo a distancia: 44.8% son empresas grandes; 19%, pequeñas y medianas empresas, y 11.2%, microempresas. Son datos de la Encuesta sobre el impacto económico generado por Covid-19 en empresas, realizada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) en 2020.

Ivonne Peredo, ejecutiva de cuenta en la empresa Intereses Agente de Seguros, afirma que su empresa ha sido empática con el trabajo a distancia. Tres meses después de que se implementara el home office, le enviaron a su casa un escritorio y una silla ergonómica, le pagan una parte proporcional de los servicios de telecomunicaciones y electricidad, y tiene un horario definido: de lunes a jueves de 8:00 a 17:00 horas, y los viernes de 8:00 a 14:00.

“Al principio pensamos que íbamos a regresar pronto y no fue. Fue un equipo nuevo, no el que teníamos en la oficina“, detalla. “Me dan 500 pesos al mes (como bono para pago de luz e Internet), no recuerdo desde hace cuánto pero tendrá unos tres meses”.

Pero no todos comparten la misma situación laboral. Carlos Carrillo es psiquiatra en un hospital privado y en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), además es profesor en la Facultad de Medicina en la UNAM. El horario de clases que tiene se empalma con su salida del hospital, por lo que las imparte a través de su teléfono.

“Tuve que incrementar mi plan de datos de 300 a 500 pesos mensuales. En casa solo tengo una computadora, muchas veces mi pareja también tiene que usarla para sus labores. Dar clases es un gusto más que un trabajo bien remunerado, pagan 90 pesos la hora e imparto cuatro por semana”.

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Katheryn Pacheco es analista de información operativa, sus jefes respetan los horarios laborales pero ella tuvo que comprar un equipo de cómputo. “El que tenía se descompuso y no tuvo arreglo. Pregunté en mi trabajo por una laptop o si podría traerme la PC a mi domicilio, pero me negaron la solicitud. Estaban entregando laptops desde que inició la pandemia, pero en mi área no hubo”.

¿Qué dice la reforma?

  • Proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de los equipos necesarios para el teletrabajo. Por ejemplo, equipo de cómputo, sillas ergonómicas, impresoras, entre otros.
  • Recibir oportunamente el trabajo y pagar los salarios en la forma y fechas estipuladas.
  • Asumir los costos derivados del trabajo a través de la modalidad de teletrabajo, incluyendo, en su caso, el pago de servicios de telecomunicación y la parte proporcional de electricidad.
  • Implementar mecanismos que preserven la seguridad de la información y datos utilizados por las personas trabajadoras.
  • Respetar el derecho a la desconexión de las personas al término de la jornada laboral e inscribirlas al régimen obligatorio de la seguridad social.
  • Promover el equilibrio de la relación laboral de las personas trabajadoras, a fin de que gocen de un trabajo digno o decente y de igualdad de trato en cuanto a remuneración, capacitación, formación y seguridad social.
  • Se deberá observar una perspectiva de género que permita conciliar la vida personal y la disponibilidad de las personas trabajadoras.

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