¿Habrá puente? Esto dice la Ley Federal del Trabajo.
Ya inició febrero y pese a que es muy corto sí hay un día festivo oficial: será este lunes 6 de febrero, ahora por el aniversario de la promulgación de la Constitución de 1917. Tal vez te preguntarás: ¿no se celebra el 5 de febrero?
Te explicamos lo que dice la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Este lunes 6 de febrero es día es día festivo oficial y de descanso obligatorio, pues se conmemora el aniversario 106 de la Constitución Mexicana. El día que se celebra formalmente la publicación de la Carta Magna es el 5 de febrero, que este año cae en domingo, pero por ley se recorre a lunes para crear un fin de semana largo.
La Ley Federal del Trabajo, en su artículo 74, establece como días festivos, es decir, de descanso obligatorio, las siguientes fechas:
Por lo que este lunes 6 de febrero si es día feriado oficial.
La Ley Federal del Trabajo establece que los trabajadores y los patrones determinarán el número de trabajadores que deban prestar sus servicios. “Si no se llega a un convenio, resolverá el Tribunal”.
Textualmente dice lo siguiente:
“Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado“, se puede leer en el Artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo, lo que significa que el día festivo se paga triple.
En caso de que no se pague lo correspondiente, el trabajador pueden denunciar con las autoridades de la siguiente manera:
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