México

Corte invalida ‘derecho a la vida desde la concepción’ en la Constitución de Nuevo León

La competencia para definir el origen de la vida humana, el concepto de “persona” y la titularidad de los derechos humanos corresponde en exclusiva a la Constitución General.

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó la disposición de la Constitución de Nuevo León que tutelaba el derecho a la vida desde la concepción y limitaba el derecho de las mujeres y personas gestantes a la autonomía reproductiva; las entidades federativas carecen de competencia.

El pleno invalidó el artículo 1, párrafo segundo, de la Constitución Política del Estado de Nuevo León, que establecía la tutela del derecho a la vida en los términos siguientes:

“Desde el momento de la concepción entra bajo la protección de la Ley y se le reputa como nacido para todos los efectos legales correspondientes, hasta su muerte natural”.

La ministra Yasmín Esquivel expuso que hay dos fundados los conceptos de invalidez con dos temas: uno es la incompetencia legal de los congresos locales para definir el derecho a la vida, en específico cuándo comienza esta, así como la noción de persona para efectos de su protección para el Estado. Segundo, la restricción que implica a los derechos de las mujeres y personas gestantes que se reconozca la vida desde su concepción.

El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo expresó que se hace un análisis especulativo del alcance de la norma y no se está analizando en sus términos textuales. Explicó que en la protección de los derechos puede haber tensiones pero que el derecho a la vida desde la concepción no anula los derechos de salud reproductiva de las mujeres. Como ejemplo, puso el caso de Oaxaca, donde su Constitución protege la vida desde la concepción, pero el Legislativo pudo aprobar la despenalización del aborto hasta la semana 12.

La ministra Loretta Ortiz Alf hizo un voto particular a favor del proyecto y se pronunció por proteger los derechos de las mujeres.

El asunto fue resuelto por las acciones de inconstitucionalidad 41/2019 y su acumulada 42/2019, promovidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Nuevo León, demandando la invalidez del artículo 1°, párrafo segundo, de la Constitución Política del mencionado Estado, publicado en el periódico oficial de esa entidad de 11 de marzo de 2019, mediante Decreto 107.

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