México

La SCJN determinó que los estados no tienen facultades para prohibir productos de PET o unicel

La Segunda Sala de la SCJN determinó que sólo la federación puedo prohibir el uso de PET y unicel, por lo que esto no es facultad de los estados.

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La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las entidades federativas no tienen facultades para prohibir la venta, distribución o uso de productos elaborados con PET o unicel e invalidó el artículo 98 de la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos de Oaxaca.

Al resolver dos amparos en revisión ─173/2022 y 230/2022─ interpuestos por las empresas Propimex y Oxxo, contra la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos de Oaxaca, los ministros declararon que la Secretaría de Medio Ambiente del estado no puede sancionar o infraccionar a las empresas por la comercialización de estos productos, pues esta facultad es de las dependencias federales.

Sin embargo, la Segunda Sala validó que los estados tienen la facultad para expedir normas y leyes en esta materia, siempre que se ajusten a la ley nacional.

“Los Congresos locales tienen facultades legislativas, las cuales deben ejercerse ajustándose a lo dispuesto en la ley general, la política nacional en materia de gestión integral de residuos y en coordinación con la Federación”, indica el proyecto de amparo en revisión de Propimex, 173/2022, a cargo del ministro Javier Laynez Potisek.

Esta resolución no contempla un estudio en materia de medio ambiente, pues se centra en las competencias a nivel estatal y federal, los efectos que tiene son aplicables para las empresas Propimex y Oxxo, por lo que la Secretaría de Medio Ambiente, Energías y Desarrollo Sustentable del Estado de Oaxaca debe abstenerse de aplicarles infracciones y sancionarlas.

“Lo que como ha quedado expuesto, en cuanto al tema ambiental, constitucionalmente se reconoce que será la Federación quien a través de las leyes marco imponga las directrices que las entidades deberán seguir y acatar, sin excederlas”, señala el proyecto del amparo en revisión de Oxxo, 230/2022, a cargo de la ministra Yasmín Esquivel Mossa.

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