Política

Recursos abandonados en instituciones bancarias se destinarán a seguridad pública

Los bancos estarán obligados a enterar los recursos abandonados, tanto a la beneficencia pública como a la Secretaría de Seguridad.

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La Cámara de Diputados aprobó el martes una reforma al artículo 61 de la Ley de Instituciones de Crédito, a fin de que los recursos abandonados en instituciones bancarias se destinen a seguridad pública.

Con ello, los recursos, así como los intereses y rendimientos acumulados, generados por todos los depósitos e inversiones en la cuenta global con excepción de aquellos previamente destinados a la beneficencia pública, prescribirán en favor de la seguridad pública y se deberán destinar para las políticas y acciones de combate a la delincuencia en los porcentajes que para tal efecto se establezcan.

Así mismo, los depósitos e inversiones y sus intereses, sin movimiento en el transcurso de tres años contados a partir de que estos últimos se depositen en la cuenta global, cuyo importe no exceda por cuenta, al equivalente a 540 Unidades de Medida y Actualización en la Ciudad de México, prescribirán en favor del patrimonio de la beneficencia pública; la ley vigente establece 300 días de salario mínimo general. 

Por lo tanto, las instituciones estarán obligadas a enterar los recursos correspondientes tanto a la beneficencia pública como a la dependencia responsable de la seguridad pública, dentro de un plazo máximo de quince días contados a partir del 31 de diciembre del año en que se cumpla el supuesto previsto en este párrafo.

El documento fue avalado en lo general, con 483 votos a favor, cero en contra y una abstención y, en lo particular, con 366 votos a favor, 102 en contra y cero abstenciones.

En los transitorios, menciona que a efecto de disponer de los recursos que prescriben en favor de la seguridad pública, estos serán considerados como excedentes en términos del artículo 19 de la Ley de Ingresos de la Federación.

Además, el Sistema Nacional de Seguridad Pública, a través de su Consejo Nacional, deberá instrumentar los mecanismos de coordinación, así como los convenios y acuerdos idóneos, con las instituciones que conforman el sistema bancario, así como con sus órganos reguladores, a fin de estar en posibilidades de realizar el traslado de los recursos financieros a que se hace referencia en el párrafo quinto del artículo 61 del presente Decreto, para el año 2022, en un plazo que no exceda los 180 días a partir de la entrada en vigor del presente y sean integrados al presupuesto de la dependencia responsable de la seguridad pública.

El Sistema Nacional de Seguridad Pública deberá establecer de manera anual los mecanismos de distribución de los recursos, atendiendo las necesidades y prioridades establecidas en los correspondientes instrumentos, así como en la legislación correspondiente, el cual deberá establecer un porcentaje de 50 por ciento para la Federación, un 30 por ciento para las entidades federativas y un 20 por ciento para los municipios del país y alcaldías de la Ciudad de México.

Subraya que los recursos financieros a los que se hace referencia en el presente decreto, al formar parte del presupuesto, serán objeto de fiscalización y revisión de la Cuenta Pública en términos de la legislación aplicable.

Desde hace casi una década, derivado del artículo 61 de la Ley de Instituciones de Crédito, los bancos tienen la obligación de enviar a la Beneficencia Pública los recursos ubicados en cuentas -tanto de cheques como de ahorro e inversiones- que no han reportado movimiento luego de seis años.

En este sentido, una cuenta se considera inactiva cuando en el transcurso de tres años no ha tenido movimiento por depósitos o retiros -recuerda que el cobro de comisiones que haga el banco no se considera un movimiento financiero-, al cabo de este tiempo el monto depositado se va a la cuenta global, la cual incluso, genera intereses mensuales y no te cobra comisiones.

Iniciativa de Morena para usar recursos abandonados

La iniciativa para usar recursos abandonados fue presentada por el diputado Ignacio Mier Velazco (Morena) y suscrita por la diputada Juanita Guerra Mena (Morena), se consideró de urgente resolución, se le dispensaron todos los trámites, se sometió a discusión y votación de inmediato, y se canalizó al Senado de la República para sus efectos constitucionales

La propuesta expone que la finalidad es disponer del monto total que resulte de restarle los recursos que hayan prescrito en favor de la beneficencia pública y se encuentren en la cuenta global, a fin de que precluyan en favor de la seguridad pública y sean destinados para lo que se establece en la estrategia nacional de seguridad pública y el fortalecimiento de las corporaciones de seguridad tanto a nivel federal como de las entidades federativas y municipios.

“No se está proponiendo disponer de los recursos de usuarios de servicios financieros con posibilidades de ser reclamados, sino de aquellos recursos cuyo derecho a ser reclamados han prescrito; es decir, que habiendo transcurrido los seis años que marca la ley, no fueron ni podrán ser reclamados por lo que no se afectan las garantías constitucionales”, aclara.

El diputado Mier Velazco (Morena) señaló que el tema de seguridad ha sido motivo de discusión y también que el Sistema Nacional de Seguridad cuente con mayores recursos. “Eso anima a la iniciativa, el fortalecimiento institucional de la seguridad pública; la reforma es para que se pueda disponer de los recursos financieros abandonados en la banca comercial”.

Indicó que los depósitos e inversiones vencidas y no reclamadas en el transcurso de tres años cuyo importe no exceda al equivalente a 540 UMA, prescribirán en favor de la Seguridad Pública, es decir el equivalente a 51 mil pesos

Además, dijo, en el sistema financiero se alojan recursos que no tienen origen lícito y provienen de la delincuencia organizada. “Se da certeza jurídica, ya que son recursos que ya prescribieron”.  

Con información de Notilegis

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