Cofepris pide al Estadio Azteca cumplir con ley tras video del ‘Tuca’ con cigarro
El Estadio Azteca es uno de los recintos más emblemáticos de México. Foto: Facebook/Estadio Azteca

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) notificó al Futbol del Distrito Federal, SA de CV, Estadio Azteca, del incumplimiento que cometió a la Ley General para el Control de Tabaco y su Reglamento por permitir que las personas fumen dentro del recinto.

La dependencia analizó imágenes difundidas en varios medios de comunicación, donde se identificó a Ricardo Ferretti, actual técnico del Cruz Azul, quien se encontraba en el área de palcos en el recinto de Santa Úrsula Coapa consumiendo productos de tabaco durante el juego del Cruz Azul contra Juárez, el pasado 25 de febrero.

Según el artículo 65 bis del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, al tratarse de un estadio, considerado un establecimiento de concurrencia colectiva, es responsabilidad del Estadio Azteca implementar, cumplir y hacer cumplir las disposiciones de espacios 100% libres de humo de tabaco y emisiones dentro de sus instalaciones, donde está población vulnerable como menores de edad, adultos mayores, personas con enfermedades del sistema respiratorio, enfermedades crónicas degenerativas, no fumadoras, entre otras.

“De cometer de nueva cuenta dichas irregularidades, la empresa señalada se hará acreedora a las sanciones administrativas correspondientes”, mencionó la Cofepris en un comunicado.

El pasado 16 de diciembre de 2022, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la serie de reformas al Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, que entró en vigor el 15 de enero de este año.

Las nuevas disposiciones consisten en, según el artículo 65 Bis, que queda prohibido a cualquier persona consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco o nicotina en los espacios de concurrencia colectiva.

Se consideran espacios de concurrencia colectiva, de conformidad con lo señalado en el artículo 6, fracción X Bis, de la ley, los siguientes los patios, terrazas, balcones, parques de de diversiones o área de juegos o lugares donde permanezcan o se congreguen niñas, niños y adolescentes.

Así como parques de desarrollo urbano, deportivos, playas, centros de espectáculos y entretenimiento, canchas, estadios, arenas, plazas comerciales, mercados, hoteles, hospitales, centros de salud, clínicas médicas, sitios o lugares de culto religioso, lugares de consumo o servicio de alimentos o bebidas, paraderos de transporte, y otros espacios que se establezcan en términos de la ley, este reglamento y demás disposiciones.

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La Cofepris notificó al Estadio Azteca sobre el incumplimiento en el que incurrió. Foto: Facebook/Estadio Azteca

Según la información de la Organización Mundial de la Salud (OMS), la exposición asociada al humo de tabaco emitido por terceros, sin importar si su origen es por cigarro, pipa, puro, entre otras presentaciones, generan problemas de salud a nivel mundial, así como aproximadamente ocho millones de muertes y 1.2 millones de personas no fumadoras sufren afectaciones en el sistema respiratorio.

“La finalidad máxima del fortalecimiento del marco regulatorio en México, al generar espacios 100% libres de humo de tabaco, es atender, prevenir, disminuir situaciones de riesgo y daño potencial a la salud de la población en general y de la población ocupacionalmente expuesta al humo del tabaco”, puntualizó la Cofepris.

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