Multan a la FMF por incumplir con la protección de datos personales del FAN ID ¿cuánto dinero tiene que pagar?
La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno concluyó que la FMF no informó adecuadamente sobre el tratamiento de datos biométricos ni obtuvo el consentimiento expreso exigido por la ley
La resolución también determinó que la Federación incumplió los principios de licitud y responsabilidad en el tratamiento de datos personales.
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El Gobierno de México impuso una multa de 42.8 millones de pesos (unos 2.3 millones de dólares) a la Federación Mexicana de Futbol (FMF) por violar la legislación de protección de datos personales en la operación del sistema de identificación de aficionados FAN ID.
¿Por qué multaron a la FMF?
La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno concluyó que la FMF no informó adecuadamente sobre el tratamiento de datos biométricos ni obtuvo el consentimiento expreso exigido por la ley, según un comunicado difundido este domingo.
La resolución también determinó que la Federación incumplió los principios de licitud y responsabilidad en el tratamiento de datos personales.
#ComunicadoBuenGobierno
— Buen Gobierno México 🇲🇽 (@BuenGobierno_mx) July 12, 2026
La Secretaría Anticorrupción y #BuenGobierno impuso una multa de más de 42 mdp a la Federación Mexicana de Futbol Asociación, A.C., por el incumplimiento a la legislación en materia de protección de datos personales en el tratamiento de datos con el… pic.twitter.com/5lIhjDlb1L
Las dos infracciones en las que incurrió la FMF
La autoridad detalló que la FMF incurrió en dos infracciones: no advirtió que las fotografías recabadas para el FAN ID constituían datos personales sensibles y no obtuvo el consentimiento expreso y por escrito para tratarlos.
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En el primer caso, explicó que la Federación recababa fotografías de los aficionados para generar el FAN ID, pero no señaló en su aviso de privacidad que esos datos tenían el carácter de información sensible.
“Esta omisión impidió que los titulares conocieran el alcance real del tratamiento de su información personal y pudieran decidir de manera informada sobre su uso”, indicó.
Sobre la segunda infracción, señaló que la FMF obtuvo el consentimiento mediante una casilla marcada en un sitio web, mecanismo que la autoridad consideró insuficiente para el tratamiento de datos personales sensibles.
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“Para tratar datos sensibles, la ley exige el consentimiento expreso y por escrito del titular, el cual debe ser inequívoco, es decir, que existan elementos que demuestren de manera indudable su otorgamiento”, aseguró.
La Secretaría explicó que el monto de la sanción se fijó con base en la gravedad de las infracciones, la naturaleza sensible de los datos biométricos tratados y la capacidad económica de la FMF, de acuerdo con su declaración anual de impuestos de 2024.
FMF puede apelar la sanción
Agregó que la Federación cuenta con los medios de defensa previstos en la ley para impugnar la resolución.
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El FAN ID fue implementado por la FMF tras episodios de violencia en los estadios como un sistema de identificación de aficionados, y fue utilizado en los estadios mexicanos durante el Mundial 2026.
Con información de EFE