El gobierno contempla que el contagio por covid se tome como enfermedad de trabajo
Foto: EFE/Luis Torres.

El coronavirus (Sars-Cov-2) se contempla como una enfermedad de trabajo al igual que otros virus como se hepatitis, enterovirosis, rabia, psitacosis, neumonías a virus, mononucleosis infecciosa, poliomielitis y otras, contemplados en el artículo 513 de la Ley Federal del Trabajo, fracción 136, relativa a la virosis, se informó a través de un comunicado la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Este reconocimiento de la afectación por covid-19 se sustenta en el artículo 475 de dicha ley, el cual menciona que “todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo, o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios”, que tiene como resultado secuelas o la muerte del trabajador”.

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Lo anterior fue debido al exhorto que realizó la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión (Cámara de Diputados) para la Actualización de la Tabla de Enfermedades de Trabajo.

Asimismo el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) publicó el 3 de abril de 2020 los “Criterios de calificación para casos con coronavirus como enfermedad de trabajo”, donde se establecen mecanismos para reconocerlo tanto para personas trabajadoras y afiliadas del IMSS y puedan solicitar una incapacidad temporal, recibirán el beneficio del seguro de riesgos de trabajo del Instituto, siempre y cuando las investigaciones determinen la causa-efecto, trabajo-daño.

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