Sustentabilidad

¿Qué dice el decreto de agua para Nuevo León que firmó AMLO?

AMLO destacó que se va a reforzar el apoyo, por lo que se tomaron medidas adicionales para resolver a mediano y a largo plazo el problema de la sequía y reforzar acciones de inmediato.

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El presidente Andrés Manuel López Obrador firmó un decreto que establece un plan de acción para atender el desabasto de agua en el estado de Nuevo León como “prioridad y un asunto de seguridad nacional”.

El jefe del Ejecutivo destacó que se va a reforzar el apoyo a la entidad, por lo que se tomaron medidas adicionales para resolver a mediano y a largo plazo el problema.

“Vienen otras autoridades para que se continúe invirtiendo y se amplíe el plazo, pero nos comprometemos a que antes de que termine este gobierno se tenga abasto de agua para ocho o 10 años hacia adelante, empezando ahora con este plan de reforzamiento”, señaló el mandatario en su habitual conferencia de prensa matutina.

Según el decretó que se difundió en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Ley de Aguas Nacionales declara que es de utilidad pública “la gestión integrada de los recursos hídricos, superficiales y del subsuelo, a partir de las cuencas hidrológicas en el territorio nacional, como prioridad y asunto de seguridad nacional”, así como la prevención y atención de los fenómenos meteorológicos que pueden poner en peligro a personas, áreas productivas o instalaciones.

El Poder Judicial de la Federación se pronunció en el sentido de que el derecho fundamental al agua es un tema de seguridad nacional, y es tarea fundamental del Estado asegurar que las concesiones y asignaciones de agua estén fundamentadas en la disponibilidad efectiva del recurso en las regiones y cuencas hidrológicas que correspondan e instrumentar mecanismos para mantener o restablecer el equilibrio de los ecosistemas vitales.

El documento tiene por objetivo establecer el plan de acción inmediata para atender la emergencia por el desabasto de agua potable. Foto: EFE

La escasez de agua debido a la baja disponibilidad en las fuentes de abastecimiento de agua potable afecta a los municipios de Apodaca, General Escobedo, Juárez, Monterrey, Guadalupe, San Nicolás de los Garza, San Pedro Garza García, Santa Catarina, Cadereyta Jiménez, Ciénega de Flores, General Zuazua, Salinas Victoria, El Carmen, García, Pesquerías, Santiago, Aramberri, Doctor Arroyo, General Terán, General Zaragoza, Hualahuises, Linares, Mier y Noriega, y Montemorelos, de Nuevo León.

“Tan es así que el 2 de febrero de 2022, el Poder Ejecutivo del Estado de Nuevo León por conducto de la Secretaría General de Gobierno, publicó en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado Libre y Soberano de Nuevo León la “‘Declaratoria de emergencia por sequía'”, mencionó en el decreto.

Sin embargo, las medidas establecidas en la declaratoria de emergencia por sequía no son suficientes porque subsiste el desabasto de agua potable para uso doméstico y público urbano en el estado, misma que se intensificó en perjuicio de la población.

¿De qué va el decreto del agua para Nuevo León?

El documento tiene por objetivo establecer el plan de acción inmediata para atender la emergencia por el desabasto de agua potable para uso público urbano y doméstico.

Por ser una causa de utilidad pública, de interés público y un asunto de seguridad nacional, se ordenó aprovechar temporalmente los derechos de agua existentes a través de la modificación o reducción provisional de volúmenes concesionados.

Además, la Comisión Nacional del Agua podrá celebrar los convenios de concertación con los concesionarios y de coordinación con las autoridades locales que se requieran.

Los volúmenes de agua deben ser contabilizados mediante la instalación de aparatos de medición, los cuales quedan a cargo del organismo operador de Nuevo León.

“En atención a la emergencia existente, a los concesionarios a quienes se les reduzcan provisionalmente los volúmenes concesionados, no se les aplicarán las sanciones establecidas en la Ley de Aguas Nacionales, cuando derivado de la extracción de aguas nacionales se rebase el gasto establecido en el título de concesión”, se mencionó en el DOF.

Como medida adicional, se establecerá un plan de apoyo para el abasto de agua potable con la utilización de carrotanques, acción que se llevará a cabo en coordinación entre la Comisión Nacional del Agua y la Secretaría de la Defensa Nacional mediante el mecanismo del Plan DN-III.

También el gobierno Federal brindará apoyo administrativo para la perforación de pozos emergentes necesarios para incrementar el volumen de agua.

El decreto entrará en vigor el 30 de julio, un día después de su publicación, y a partir de esta fecha las autoridades iniciarán las acciones conducentes para su cumplimiento.

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