Incapacidad por menstruación en Nuevo León: así la puedes tramitar
Nuevo León aprobó incapacidad por menstruación. Foto por Pexels.

El Gobierno de Nuevo León avaló que mujeres y personas menstruantes pueden tramitar su incapacidad laboral por menstruación si viven con endometriosis severa o dismenorrea.

El Congreso local aprobó el 28 de noviembre de 2023 reformar los artículos 132, 133 y 172 Bis de la Ley Federal del Trabajo; y en la Ley del Servicio Civil estatal las fracciones XIX y XX del artículo 36, adicionar un artículo 24 Bis 7, y la fracción XXI al artículo 36.

La diputada Iraís Reyes y el legislador Félix Rocha presentaron los dictámenes para la incapacidad por menstruación en Nuevo León al considerar que la endometriosis y la dismenorrea afectan la vida cotidiana de las mujeres y personas menstruantes debido a que causan un dolor intenso que puede ser incapacitante.

“Estas enfermedades repercuten considerablemente en el ámbito social, de salud pública y económica; esto en razón de que por los dolores intensos, la fatiga, la infertilidad y la depresión, causa que baje la calidad de vida de quienes la padecen, además de que causar ausentismos escolar o la reducción de productividad en los trabajos”, dijo Rocha Esquivel.

Los legisladores aprobaron los cambios por unanimidad. Para el 5 de enero de 2024, el Gobierno de Nuevo León publicó en el Periódico Oficial las reformas a la Ley del Servicio Civil local.

¿Cómo puedo tramitar mi incapacidad por menstruación en Nuevo León?

Las mujeres y personas menstruantes que necesiten tramitar su incapacidad por menstruación hasta por dos días en Nuevo León deben de cumplir con los siguientes requisitos:

  • Presentar un justificante médico expedido por el médico de la institución de seguridad social del Gobierno del Estado o del municipio, según sea el caso.
  • Si la autorización es de un médico particular deberá contener el nombre y número de cédula profesional, así como la fecha y el estado de salud de la persona trabajadora.
  • Haber sido diagnosticada con endometriosis severa o dismenorrea.

Las trabajadoras menstruantes pueden ausentarse hasta por dos días si sustituyen sus labores diarias por trabajo a distancia, de acuerdo con el Artículo 24 Bis 7.

“En el caso de que por la naturaleza del trabajo no sea posible realizar el trabajo a distancia podrán dejar de laborar hasta por dos días, siempre y cuando lo justifiquen mediante prescripción médica”, detalló el Gobierno de Nuevo León sobre la incapacidad por menstruación.

Los días por incapacidad serán con goce de sueldo y no afectarán las prestaciones laborales establecidas en la Ley Federal del Trabajo, reiteraron las autoridades estatales.

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