Caso Mario Aburto: FGR debe ratificar en 3 días si descarta acciones penales contra funcionarios
Foto: Especial.

La Fiscalía General de la República (FGR) debe informar en tres días si descartó ejercer acción penal contra políticos o cualquier funcionario involucrado en la detención y presunta tortura de Mario Aburto, asesino confeso del candidato del Partido Revolucionario Institucional (PRI) a la Presidencia, Luis Donaldo Colosio.

La dependencia descartó el delito de tortura contra Aburto el 23 de marzo de 1994 en su traslado al Centro Federal de Readaptación Social no. 1 Almoloya, conocido como “El Altiplano”, ubicado en el Estado de México (Edomex).

“Se recabaron de forma exhaustiva las diligencias ministeriales tendentes al esclarecimiento de los hechos, así como al realizar un estudio minucioso y pormenorizado de las consecuencias que integran la averiguación previa 2080/94 y al no acreditarse los elementos del tipo penal del delito de tortura , es que en fecha 21 de noviembre de la presente anualidad , esta autoridad ministerial determinó el No Ejercicio de la Acción Penal en la citada indagatoria”, mencionó la FGR sobre Mario Aburto.

Tras la resolución, el Juzgado Segundo en Distrito de Amparo en Materia Penal de la Ciudad de México ordenó a la FGR a ratificar el acuerdo del expediente 232/2022.

Con base en la lista de acuerdos del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), la FGR debe explicar por qué descartó el delito de tortura contra Mario Aburto, quien el 23 de marzo podría salir de prisión tras cumplir una condena de 30 años.

“Agréguese el escrito firmado por la autorizada del quejoso, requiérase al agente del Ministerio Público responsable, para que dentro del término de TRES DÍAS, informe si ya se autorizó en definitiva el no ejercicio que refiere la promovente y de ser así, remitan las constancias que lo acreditan o manifiesten el impedimento legal que tengan para ello. Notifíquese”, mencionó la autoridad judicial sobre la FGR por el caso Mario Aburto.

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