Brutal caída de una mujer que patinaba en la noche en Circuito Interior en CDMX; ¿está prohibida esa actividad en avenidas?
Video viral muestra a una patinadora caer de cara en el Circuito Interior de la CDMX. Reabre el debate sobre patinar en vías rápidas.
Una mujer que patinaba sobre Circuito Interior, sufrió brutal caída.
/Captura de pnatalla
Una patinadora protagonizó una aparatosa caída mientras recorría de noche el Circuito Interior de la Ciudad de México en compañía de otras personas. Las imágenes, difundidas en redes sociales, se volvieron virales y reabrieron la discusión sobre el uso de las vías rápidas para practicar deportes urbanos.
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¿Cómo ocurrió la caída de la patinadora en Circuito Interior?
De acuerdo con los videos difundidos en redes sociales, la joven descendía a gran velocidad antes de entrar a un puente. Dentro de la estructura, una irregularidad en el asfalto la hizo perder el equilibrio y tropezar.
La deportista cayó aproximadamente un metro más adelante y se golpeó la cara contra el pavimento, en una escena que resultó impactante para quienes vieron la grabación. Sus compañeros, que iban por delante, se detuvieron al escuchar el golpe y regresaron para auxiliarla.
Hasta ahora no se conoce su estado de salud. Tampoco hay información sobre si sufrió lesiones graves o si recibió atención médica en el lugar.
¡En patines sobre Circuito!
— JORGE BECERRIL JB/8 (@MrElDiablo8) November 5, 2026
Así el momento en que una mujer cayó, tras perder el control por el mal estado del asfalto en Circuito Interior. #CdMx. #Video 🎥👇🏽 pic.twitter.com/qUfa57GUZW
¿Por qué generó polémica patinar en el Circuito Interior?
El video provocó un debate entre usuarios de redes sociales sobre la práctica de este deporte en los carriles centrales de una de las avenidas más importantes de la capital. Algunos cuestionaron la actividad y señalaron el riesgo de encontrarse con automovilistas y sufrir un atropellamiento.
Otros defendieron el derecho de la joven a ejercitarse y argumentaron que la ciudad carece de espacios seguros para practicar deportes urbanos.
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¿Se puede patinar o andar en bici por el Circuito Interior? Esto dice el Reglamento de Tránsito de la CDMX
El Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México dedica su capítulo III a la circulación de vehículos no motorizados, como bicicletas y otros medios similares. Ahí se definen las obligaciones de quienes los utilizan y los lugares por donde pueden o no transitar, un tema que cobra relevancia tras la polémica por quienes ruedan en avenidas de alta velocidad.
El reglamento fija varias disposiciones, distribuidas en sus artículos 14, 18 y 19:
- Vías ciclistas: donde existan carriles exclusivos para bicicletas, se debe circular de preferencia por ellos (artículo 14).
- Señales con el brazo: es necesario indicar con brazo y mano la dirección de un giro o un cambio de carril (artículo 14).
- Carril derecho: estos vehículos deben transitar preferentemente por el carril de la extrema derecha (artículo 18).
- Banquetas y zonas peatonales: está prohibido circular por ellas. Solo se exceptúa a menores de doce años y a elementos de seguridad pública. Quien entre a su domicilio o a un estacionamiento debe bajarse y caminar (artículo 19).
- Carriles de transporte público: no se puede transitar por los confinados, salvo que haya señalamiento horizontal y vertical que lo permita (artículo 19).
- Áreas peatonales: tampoco está permitido detenerse sobre ellas (artículo 19).
- Vías de acceso controlado: queda prohibido usar los carriles centrales o interiores, o donde lo indique el señalamiento restrictivo. La excepción son los casos autorizados por la Secretaría y la Secretaría de Seguridad Pública, que determinan condiciones y horarios (artículo 19).
- Entre carriles: no se debe circular en medio de ellos, salvo que el ciclista, con el tránsito detenido, busque un área de espera ciclista o un sitio visible para reanudar la marcha (artículo 19).
¿Hay multa por circular en avenidas grandes con un vehículo no motorizado?
Según el reglamento, quienes incumplan estas obligaciones serán amonestados de forma verbal por los agentes con facultades para infraccionar.
La norma no contempla sanción económica ni de otro tipo por usar un vehículo no motorizado en las principales avenidas de la capital. Eso no cambia el riesgo que implica compartir la vía con automóviles a alta velocidad.