¿Cuáles otros accesorios para autos están prohibidos y pueden generar multas en la CDMX?
Te presentamos una lista de cosas que no puedes usar en tu auto si no quieres ser detenido y multado

Hoy No Circula miércoles 26 de marzo 2025 en CDMX y Edomex: ¿Qué autos y engomados sí circulan?
/Foto por OVIAL CDMX.
Ahora que es tema de conversación las multas por el uso de portaplacas en la Ciudad de México, hay otros accesorios que te pueden hacer acreedor al pago de una infracción de acuerdo con el reglamento de tránsito y que pueden llegar hasta los 5 mil 657 pesos.
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Además de portaplacas ¿qué otros accesorios están prohibidos?
El Artículo 43 del Reglamento de Tránsito de la CDMX especifica los accesorios que no pueden usarse en automóviles y motocicletas, con sanciones que van desde mil 131 hasta 5 mil 657 pesos:
1.- Portaplacas que obstruyan la visibilidad
- Prohibido cualquier accesorio que dificulte leer las placas, como luces de neón, micas, láminas o soportes
- Multa: de mil 131 a 2 mil 262 pesos (10 a 20 veces la UMA)
2.- Polarizado excesivo en vidrios
- Límite permitido máximo 20% de oscurecimiento en ventanas laterales y traseras
- Excepción: se permite con documentación médica
- Multa: de 2 mil 262 a 3 mil 394 pesos (20 a 30 UMAs)
3.- Faros deslumbrantes o no regulados
- Prohibidas luces que no cumplan con normas oficiales o también que cieguen a otros conductores
- Multa: de mil 131 a 2 mil 262 pesos (10 a 20 UMAs)
4.- Escape modificado para hacer más ruido
- Prohibido hacer modificaciones al tubo de escape que aumenten el ruido del motor
- Multa: de 2 mil 262 a 3 mil 394 pesos (20 a 30 UMAs)
5.- Detectores de radares (antirradares)
- Prohibidos los dispositivos que interfieran con los sistemas de fotocívicas
- Multa más alta: 5 mil 657 pesos (50 UMAs)
6.- Bocinas (claxon) modificadas
- Prohibido los claxons con sonidos diferentes a los originales o, por otra parte, que sean estridentes
- Multa: de 2 mil 262 a 3 mil 394 pesos (20 a 30 UMAs)
7.- Neumáticos metálicos o bandas de oruga
- Prohibidas las ruedas que dañen la superficie de rodamiento
- Multa: de 2 mil 262 a 3 mil 394 pesos (20 a 30 UMAs)
Las autoridades justifican estas sanciones con base en la seguridad vial y la funcionalidad del tránsito capitalino, pues consideran que:
- Dificultan la identificación vehicular, como en el caso de los portaplacas oscurecidos
- Ponen en riesgo a peatones y otros conductores, especialmente los faros deslumbrantes
- Generan contaminación auditiva, como los escapes modificados y bocinas alteradas
- Promueven el exceso de velocidad, al utilizar detectores de radar
Toma en cuenta que las sanciones son acumulables, es decir, si el vehículo tiene varios accesorios prohibidos, el monto de la multa aumenta o, incluso, pueden aplicarse las siguientes medidas:
- Remolque del vehículo: en casos graves, como polarizado extremo o falta de visibilidad de placas
- Pago de multas: no hay descuentos ni “mordidas”, deben liquidarse en línea o en módulos autorizados
¿De plano no se pueden usar portaplacas?
La Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) señala que es posible usar portaplacas de cualquier material sin ser sancionado, siempre que:
- La placa y la entidad que la expidió sean completamente visibles
- No haya objetos o películas que dificulten la lectura de los caracteres
- Se mantenga bien colocada, limpia y sin alteraciones