Pensión para concubinos y cónyuges: ¿en qué consiste el apoyo económico tras la muerte de la pareja?

Lunes 2 de febrero de 2026

Pensión para concubinos y cónyuges: ¿en qué consiste el apoyo económico tras la muerte de la pareja?

Las personas que vivieron en concubinato tienen el derecho legal de solicitar una pensión compensatoria con cargo al patrimonio de su pareja fallecida.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha marcado un precedente fundamental en el derecho de familia en México. A través de un reciente fallo, el Alto Tribunal determinó que las personas que vivieron en concubinato tienen el derecho legal de solicitar una pensión compensatoria con cargo al patrimonio de su pareja fallecida.

Esta decisión busca saldar una deuda histórica con aquellas personas que, por dedicarse a las labores del hogar y de cuidado, no generaron ingresos propios ni patrimonio durante la relación, quedando en una situación de vulnerabilidad extrema tras la muerte de su compañero o compañera.

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¿Por qué la pensión compensatoria es un derecho incluso después de la muerte?

El proyecto, impulsado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf, explica que la pensión compensatoria no debe confundirse con una herencia. Su naturaleza es resarcitoria; es decir, busca corregir el desequilibrio económico que surge cuando una pareja se disuelve, ya sea por separación o, en este caso, por fallecimiento.

La ministra fue enfática al señalar que el derecho a la igualdad no termina con la vida:

“Los mandatos constitucionales y convencionales de igualdad y no discriminación son aplicables aún después de la muerte, es decir, al momento de la sucesión... Es posible demandar una figura de carácter resarcitorio, aunque no se hayan realizado acciones en vida”.

Con este argumento, la Corte declaró inconstitucional la frase “del deudor” en el Código Civil de Nuevo León (y por extensión sienta un precedente para el resto del país), la cual establecía que esta obligación se extinguía al morir quien debía pagarla.

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¿Cómo surgió este caso que cambia las reglas del concubinato?

La resolución tuvo su origen en una demanda presentada por un hombre que, tras dedicarse íntegramente al cuidado del hogar durante su relación, quedó desprotegido al morir su concubino. Inicialmente, un juzgado había rechazado su petición argumentando que la muerte disolvía cualquier obligación de este tipo.

Sin embargo, la SCJN corrigió esta visión, señalando que el deber asistencial derivado del desequilibrio económico durante la relación se hace más evidente precisamente al momento de la disolución, sin importar que esta ocurra por voluntad de las partes o por un hecho natural como el deceso.

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¿A quiénes protege esta nueva medida de la Suprema Corte?

Esta decisión protege específicamente a las familias formadas en concubinato —aquellas que cohabitan de forma pública y constante sin estar casadas— que no cuentan con los recursos suficientes para subsistir tras la pérdida de su pareja.

De acuerdo con lo expuesto por la ministra Ortiz Ahlf:

  • Naturaleza asistencial: Responde al deber de apoyo que existía en la pareja.
  • Protección a la vulnerabilidad: Evita que quien no realizó actividades remuneradas quede en el desamparo.
  • Sin barreras de tiempo: Permite que la demanda se realice durante el proceso de sucesión, aunque el concubino no lo haya solicitado mientras su pareja estaba viva.

A través de sus canales oficiales, la Suprema Corte subrayó que este fallo es un paso decisivo para garantizar que el modelo de familia elegido no sea una razón para la discriminación económica.

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