Primer puente largo del 2026: ¿Cuándo es, es feriado oficial, se paga doble o triple? Fecha y todo lo que debes saber
Los estudiantes disfrutaron de más de dos semanas de descanso correspondientes a las vacaciones de invierno.
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Las y los alumnos que forman parte de la educación preescolar, primaria y secundaria afiliadas a la Secretaría de Educación Pública (SEP) , finalmente regresaron a las aulas después de un periodo vacacional, no obstante, tanto los trabajadores, como las amas de casa y los alumnos buscan más días para descansar, viajar o convivir con la familia, por lo que los padres ya se preguntan cuándo será el primer puente del 2026.
Los estudiantes disfrutaron de más de dos semanas de descanso correspondientes a las vacaciones de invierno, mismas que son las más importantes en este periodo escolar. Por tal motivo, ahora la SEP ha brindado detalles en torno a cuándo será el primer puente del año, el cual llegará en este 2026.
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¿Cuándo será el primer puente de 2026, según la SEP?
El primer fin de semana largo de 2026 será el lunes 2 de febrero, ya que la Ley Federal del Trabajo establece como día de descanso obligatorio el primer lunes de febrero, en conmemoración del 5 de febrero, Día de la Constitución. Esto permitirá un puente que irá del sábado 31 de enero al lunes 2 de febrero.
El 5 de febrero recuerda la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917, un documento que sentó las bases del Estado mexicano moderno al reconocer derechos laborales, educación pública y la propiedad de la nación sobre los recursos naturales, de acuerdo con archivos históricos constitucionales y estudios académicos en derecho constitucional.
¿Qué días del 2026 son de descanso obligatorio?
Para 2026, los días de descanso obligatorio en México serán:
- 1 de enero
- 2 de febrero
- 16 de marzo
- 1 de mayo
- 16 de septiembre
- 16 de noviembre
- 25 de diciembre
Con este panorama, trabajadores y familias pueden comenzar a planear con anticipación su primera escapada o simplemente un respiro tras el inicio del año.
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¿Qué ocurre si las y los trabajadores deben laborar ese día?
En caso de que se solicite a las y los trabajadores laborar durante este día de descanso obligatorio, la ley establece lineamientos claros. En primera instancia, trabajadores y patrones deberán acordar cuántas personas prestarán sus servicios. De no llegar a un acuerdo, la autoridad laboral correspondiente resolverá la situación.
El artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo establece que las y los trabajadores estarán obligados a laborar, pero tendrán derecho a recibir, además de su salario normal por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado, es decir, se deberá pagar el salario diario normal más el doble, lo que equivale a un pago triple.
Adicionalmente, si el día de descanso obligatorio coincide con el domingo, el patrón deberá pagar también la prima dominical, conforme al artículo 71 de la LFT, que corresponde al 25% adicional sobre el salario ordinario. En estos casos, el trabajador recibirá el triple del salario más la prima dominical.
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