SCJN valida reforma de 12 días de vacaciones pagadas a trabajadores desde el primer año
Un proyecto del ministro Luis María Aguilar negó a dar un amparo a la empresa DNG Constructora.
Un proyecto del ministro Luis María Aguilar negó a dar un amparo a la empresa DNG Constructora.
La reforma a la Ley Federal del Trabajo que incrementa a 12 días anuales mínimos de vacaciones pagadas para las y los trabajadores es válida, determinó la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
“El período anual mínimo de vacaciones para los trabajadores que tengan más de un año de servicio cumple con los requisitos de fundamentación y motivación propios de un acto legislativo y no viola el principio de irretroactividad de la ley”, mencionó el Máximo tribunal.
El tema llegó a la Corte con un proyecto del ministro Luis María Aguilar que negó a dar un amparo a la empresa DNG Constructora.
La compañía aseguraba que la reforma al artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo del 27 de diciembre de 2022 era inconstitucional. Sin embargo, las y los magistrados argumentaron que el cambio legislativo no viola el principio de irretroactividad debido a que no desconoce derechos adquiridos.
“Esto, tomando en cuenta que el patrón no tiene derecho a que el periodo de vacaciones pactado en un contrato de trabajo permanezca inamovible, sino que tales contratos están sujetos a revisión y, necesariamente, deben observar las normas que establecen un mínimo de derechos en favor de la clase trabajadora”, mencionó la SCJN.
Además, la Segunda Sala reiteró que el Congreso tiene competencia para legislar, sobre todo en temas relacionados con derechos de las y los trabajadores.
“Se busca generar mejores condiciones para la salud de los trabajadores, el ejercicio de sus derechos a la recreación y a la cultura, fomentar la convivencia familiar, entre otros fines correlacionados. De esta manera, la reforma cumple con los requisitos de fundamentación y motivación tratándose de actos legislativos”.