El Pleno del INAI resolvió promover una acción de inconstitucionalidad en contra del 'plan b', pues se considera que podría vulnerar el derecho a la protección de los datos personales en posesión de sujetos obligados.
En la sesión del Pleno del 30 de marzo, las y los comisionados del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) decidimos unánimemente, como organismo garante de los derechos de acceso a la información y de la protección de datos personales, ordenar a la Dirección Jurídica del organismo interponer ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una acción de inconstitucionalidad en contra del decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y expide la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral, así como a la Ley General de Comunicación Social y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Recordemos que la segunda parte del “plan b” fue publicado el jueves 2 de marzo de 2023 en el Diario Oficial de la Federación.
Esta decisión tiene como motivo central la protección de los datos personales de las personas que se encuentran inscritas en el Padrón Electoral, el cual, de acuerdo con el corte al 24 de marzo de 2023, consta de 96 millones 620 mil 997 ciudadanas y ciudadanos.
En ese sentido, derivado de un análisis de este decreto conocido como el “plan b”, el personal técnico y jurídico experto en datos personales, así como a los integrantes de las ponencias de quienes integramos el Pleno del INAI, coincidimos en que hay temas de constitucionalidad que debe revisar la Suprema Corte de Justicia de la Nación y pronunciarse al respecto.
En este análisis técnico y jurídico se identificó que diversas disposiciones, concretamente de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y de la Ley General de Partidos Políticos, podrían vulnerar los derechos de protección de datos personales, los cuales se encuentran previstos en los artículos 16° y 6° de la Constitución. Entre los conceptos identificados por este Instituto, se comparten los más relevantes:
A partir de lo expuesto, y en observancia a nuestras facultades constitucionales como instancia encargada de garantizar la libertad de información y el derecho a la protección de datos personales, así como la atribución conferida en la Constitución para promover acciones de inconstitucionalidad cuando estime que una ley general tiene el potencial de vulnerar los derechos que tutela, el Pleno del INAI resolvió promover una acción de inconstitucionalidad en contra de este decreto que modifica diversas normativas en materia electoral, pues se considera que podría vulnerar los derechos humanos que este órgano garante tutela: de manera destacada, el derecho a la protección de los datos personales en posesión de sujetos obligados.
En este Instituto, seremos respetuosos de los procesos y de la resolución de nuestro Máximo Tribunal. Confiamos que su trabajo colegiado, plural y experto podrá ponderar las posibles amenazas que la reforma supone para la privacidad de las y los ciudadanos.
"Mientras hablaba de otros gobiernos, el presidente (AMLO) me aplaudía y decía que mis investigaciones eran muy valientes", así defiende…
Leer a aficionados y periodistas de todo el mundo llorar la partida de Menotti reafirma que el “Flaco”, con perdón…
En la MET Gala 2024 Kim Kardashian roba la escena con sacrificios extremos por la moda. ¿Qué aprendemos de esto?…
Los intercambios fructíferos de conversación requieren la aportación de dos personas. Utiliza los sentimientos, más que los hechos, para conectar.
Es difícil determinar si todo lo que dice el nuevo libro de Anabel Hernández sobre AMLO, es cierto. Los que…
El candidato Gonzalo Alarcón Bárcena suspendió sus actividades del 12 de mayo.