Un juez calificó como procedente la demanda promovida por la Profeco, que representa a 521 consumidores.
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) informó que un juez con sede en la Ciudad de México (CDMX) admitió la demanda de acción colectiva contra Ticketmaster y Ocesa debido a diversos incumplimientos.
El pasado miércoles 26 de abril, el juez noveno de Distrito en Materia Civil de la capital, Guillermo Campos Osorio, calificó como procedente la demanda promovida por la Profeco y admitió a proceso la acción colectiva, que hasta el momento representa a 521 consumidores y se seguirán sumando.
“En diciembre de 2022, esta procuraduría presentó demanda de acción colectiva (originalmente en representación de 434 consumidores) contra las empresas Venta de Boletos por Computadora, conocida como ‘Ticketmaster’ y Operadora de Centros de Espectáculos, ‘Ocesa’; que concentran el 64.5% de los servicios de entretenimiento a nivel nacional”, detalló la dependencia en un comunicado.
La acción colectiva derivó de distintas reclamaciones de las y los consumidores que se acumularon desde 2021 y hasta la fecha, como cancelación unilateral de boletos e incumplimiento de condiciones y modalidades originalmente ofrecidas por los proveedores.
Así como negativa a la devolución íntegra del monto pagado incluidos cargos por servicio y la bonificación del 20% del costo total del boleto que por ley corresponde.
Las situaciones reflejan un incumplimiento generalizado en la prestación del servicio de entretenimiento respecto de diversos eventos musicales, culturales, deportivos, artísticos y recreativos, que vulneran los derechos de las y los consumidores, según la dependencia.
“Esta acción colectiva es un parteaguas en la defensa del derecho del uso, goce y disfrute del servicio cultural y de entretenimiento, refrendando el compromiso de la Profeco de erradicar abusos y asimetrías a cargo de estos prestadores de servicio”, agregó la Profeco.
Además, exhortó a los afectados por Ticketmaster y Ocesa, durante el periodo de 2021 a la fecha, a sumarse a la acción colectiva.
En estos casos, se deben presentar los siguientes documentos:
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