Política

TEPJF propone revocar acuerdo de paridad del INE y que partidos postulen 4 mujeres

Los partidos deberán elegir las 4 entidades donde postularán candidatas para gubernaturas y jefatura de Gobierno, indica proyecto del TEPJF.

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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) propone revocar el acuerdo del Instituto Nacional Electoral, con el que ordenó a partidos postular a 5 mujeres en las próximas elecciones

Los partidos políticos elegirán de entre Chiapas, Ciudad de México, Guanajuato, Morelos, Puebla, Tabasco, Veracruz y Jalisco, las 4 entidades federativas en que postularán candidatas para gubernaturas y jefatura de Gobierno

“La regla anterior se traduce en un piso y no en un techo, es decir, los partidos políticos son libres de postular más mujeres”, indica el proyecto del TEPJF

En el caso de Yucatán se previó que para el proceso electoral 2023-2024, los partidos políticos podrán determinar libremente el género a postular y para los procesos subsecuentes se deberá alternar el género. 

Tras una queja de Movimiento Ciudadano, el TEPJF determinó que son “fundados los agravios, dado que el INE carece de competencia constitucional y legal para imponer disposiciones para garantizar la paridad sustantiva en la postulación y registro de candidaturas a gubernaturas y la jefatura de gobierno”. 

Apuntó que los Congresos locales son los competentes para regular la paridad en gubernaturas, mientras que los OPLES son los responsables de emitir medidas afirmativas que garanticen la paridad para la elección de gubernaturas. 

“Son fundados los agravios, porque de la normativa aplicable, así como de las reglas establecidas por esta Sala Superior se desprende que el sistema jurídico electoral no atribuye al INE facultades explícitas para instrumentar y garantizar la paridad en las elecciones a las gubernaturas, al estar reservada al Congreso de la Unión y legislaturas locales”, establece el TEPJF. 

Esto implica que las condiciones para el ejercicio del derecho a ser votadas y las reglas de postulación paritaria deben emitirse por las legislaturas locales, al depender de la naturaleza de un cargo estatal. 

“No existe norma ni mandato judicial que faculte al INE para cubrir vacíos generados por omisiones legislativas, como lo hizo al analizar las legislaciones de los nueve estados”, se determinó. 

Por ello, la Sala Superior propone revocar de manera lisa y llana el acuerdo impugnado, dada la falta de competencia del INE para regular y dotar de contenido el principio constitucional de paridad respecto de los procesos para la elección de gubernaturas. 

El asunto podría ser votado este mismo miércoles, antes de que Morena anuncie quiénes serán sus candidatos el 10 de noviembre.

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