TEPJF niega suspender mañaneras; pide a AMLO tener cuidado
Los magistrados coincidieron en que ordenar la suspensión total de la difusión de las “mañaneras” conllevaría a una especie de censura previa.
Los magistrados coincidieron en que ordenar la suspensión total de la difusión de las “mañaneras” conllevaría a una especie de censura previa.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, por unanimidad de votos, el acuerdo emitido por el Consejo General del INE, por el que determinó no aprobar la propuesta de suspensión de difusión de las conferencias de prensa del presidente de la República, conocidas como “mañaneras”, en el marco del actual proceso electoral federal 2023–2024.
El PAN, PRI y PRD impugnaron la resolución del INE al considerar que, en su concepto, la solicitud de suspensión no fue analizada de manera exhaustiva desde una perspectiva contextual y de integridad electoral.
La candidata presidencial Xóchitl Gálvez aseguró que las “mañaneras” le han causado un “daño terrible” a su candidatura.
En sesión pública presencial, la Sala Superior, a propuesta del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, determinó que conforme a la doctrina constitucional que ha desarrollado sobre las conferencias matutinas del presidente Andrés Manuel López Obrador, en sí mismas, no son ilícitas, por lo que no puede ordenarse la suspensión generalizada de su difusión.
Al respecto, el pleno consideró que son actos gubernamentales de comunicación social que, por su naturaleza intrínseca, no constituyen la emisión de propaganda gubernamental prohibida por los artículos 41 y 134 de la Constitución Federal.
Además, se estimó que ordenar la suspensión total de la difusión de las “mañaneras” conllevaría a una especie de censura previa, inadmisible en una sociedad democrática.
No obstante, la magistrada Janine Otálora señaló que “debe tener un especial cuidado en las conductas que, en ejercicio de sus funciones, realice el titular del Poder Ejecutivo durante los procesos electorales”.
“Si bien cualquier persona goza de libertad de expresión y las mañaneras no implican por sí mismas una cuestión ilegal, en el caso de los servidores públicos existe un deber especial de cuidado y entre mayor sea el cargo, mayor será la responsabilidad y el deber de cuidado en el ejercicio de sus funciones”, anotó.