Avanza en comisiones de San Lázaro el traspaso de Guardia Nacional a Sedena

Jueves 17 de julio de 2025

Avanza en comisiones de San Lázaro el traspaso de Guardia Nacional a Sedena

La comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó en lo general el traspaso de la Guardia Nacional

La comisión de Puntos constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó en lo general las reformas y adiciones a la Constitución para la incorporación de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).

Con 22 votos a favor y 18 en contra, legisladores de Morena, PRI, PAN y Movimiento Ciudadano presentaron 22 reservas para ser discutidas en lo particular.

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“Se transfieran a la Secretaría de la Defensa Nacional los recursos presupuestarios y financieros que correspondan para cubrir las erogaciones por concepto de servicios personales de la última plantilla general de plazas aprobada a la extinta Policía Federal y de confianza, así como los gastos de operación de la Guardia Nacional y los recursos materiales destinados a su operación, con excepción de aquellos requeridos para el personal que continuará, bajo la adscripción de la Secretaría del ramo de Seguridad Pública”, señala el artículo sexto transitorio de la reforma.

El proyecto elimina la denominación: “institución policial de carácter civil” y define a la Guardia Nacional como fuerza de seguridad pública, profesional, de carácter permanente e integrada por personal de origen militar con formación policial, dependiente de la Secretaría de la Defensa Nacional para ejecutar la Estrategia Nacional de Seguridad Pública en el ámbito de su competencia”.

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Los legisladores de oposición advirtieron que la reforma militariza a la Guardia Nacional, corporación que fue concebida para tener un carácter civil y que ahora será castrense, al reformarse también el artículo 21 de la Constitución para precisar que los integrantes de la Guardia Nacional serán militares y marinos.

“La Federación cuenta con la Guardia Nacional, fuerza de seguridad pública, profesional, de carácter permanente e integrada por personal de origen militar con formación policial, dependiente de la secretaría del ramo de defensa nacional, para ejecutar la Estrategia Nacional de Seguridad Pública en el ámbito de su competencia”, se en el artículo 21 de la Constitución.

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