¿Usas un scooter, bici eléctrica o bicimoto? Ahora deberás contar con este requisito obligatorio para circular en la CDMX
Esto es lo que dice la Ley local en materia de micro movilidad.

Un hombre conduce un scooter sobre el carril de bici en la Ciudad de México.
/Sonia Medina/Wikimedia Commons.
El congreso de la Ciudad de México (CDMX) aprobó modificaciones a las iniciativas por las que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley de Movilidad local en materia de regulación de la micro movilidad.
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¿Qué dice la ley?
El dictamen —que fue presentado por legisladores del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), del Partido Acción Nacional (PAN) y por la jefa de gobierno Clara Brugada— busca cerrar vacíos legales en materia de seguridad vial y regulación urbana en rubros como límites de velocidad, condiciones mínimas de operación y requisitos para conductores, entre otras.
El presidente de la comisión dijo que estas iniciativas tienen por objeto armonizar y precisar la clasificación de vehículos en la Ley de Movilidad local, a fin de atender la proliferación de bicicletas eléctricas, scooters y bicimotos.
Los cambios crean una nueva definición o categoría al catálogo de conceptos de la Ley de Movilidad llamada Vehículo Motorizado Eléctrico Personal (Vemepe), que incluye a los modelos con acelerador independiente, dos o más ruedas y velocidad máxima superior a 25 kilómetros por hora.
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¿Cuál será el requisito obligatorio para que scooters, bicicletas eléctricas puedan circular en la CDMX?
De acuerdo con la nueva legislación, ahora quienes conduzcan scooters, bicicletas eléctricas o bicimotos en la Ciudad de México deberán contar y portar su licencia de conducir tipo A1, además de documentación obligatoria.
Además, con la modificación de la fracción IX del artículo 12 se encomienda a la Secretaría de Movilidad (Semovi) realizar un análisis para adaptar en las vialidades más espacios para las personas peatonas, ciclistas y usuarias de movilidad personal, para garantizar la protección de su derecho a la movilidad.
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— Congreso de la Ciudad de México (@Congreso_CdMex) August 7, 2025
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El documento aprobado también marca un plazo de 360 días, contados desde la entrada en vigor del decreto, para que la jefatura de gobierno realice las adecuaciones necesarias al Reglamento de la Ley de Movilidad y al Reglamento de Tránsito.
Esto significa que, aunque la reforma ya está encaminada, su aplicación concreta llegará después de que se definan los detalles técnicos y administrativos.
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¿Por qué es necesario regular los scooters y otros vehículos eléctricos?
El crecimiento exponencial del uso de scooters y bicicletas eléctricas ha desatado una serie de problemas:
- Obstrucción de banquetas
- Uso inadecuado de ciclovías
- Aumento de accidentes entre peatones, ciclistas y usuarios de scooters
- Vehículos abandonados en esquinas o pasos peatonales.
Clara Brugada ha señalado que la intención no es prohibir, sino regular para que estos medios de transporte alternativos funcionen de manera ordenada y segura, en beneficio de toda la ciudadanía.