Derechos Humanos

La Corte ordena investigar a mandos militares por la desaparición forzada de miembros del EPR

La SCJN ordenó que se investigue a mandos militares por la desaparición forzada de dos hombres, en 2007 en un operativo en Oaxaca

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La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó que se investigue a mandos militares por el delito de desaparición forzada durante un operativo de mayo de 2007 en el sureño estado de Oaxaca, donde fueron detenidos dos miembros del Ejército Popular Revolucionario (EPR) y quienes aún se encuentran desaparecidos.

La Corte también ordenó la conformación de una Comisión Especial de Búsqueda para localizar a Gabriel Alberto Cruz Sánchez y Edmundo Reyes Amaya, así como la publicación y actualización de la investigación que la Fiscalía General de la República (FGR) realiza en este caso y las pruebas que hay en el expediente, lo que deberá hacer en un plazo no mayor a treinta días naturales a partir de la notificación de la sentencia.

El plan de búsqueda deberá incluir diligencias en cuarteles militares, “permitiendo la participación, en su caso, de instancias internacionales de derechos humanos, a fin de que acompañen a las víctimas en las citadas diligencias”, señala el proyecto.

El 4 de mayo de 2007, elementos del Ejército, adscritos a la Octava Región en Ixcotel, Oaxaca, así como personal de seguridad pública municipal y policía ministerial realizaron un operativo en un hotel en el centro de esa ciudad. Ahí, detuvieron a Gabriel Alberto Cruz Sánchez y Edmundo Reyes Amaya.

De acuerdo con el amparo en revisión, a cargo de la ministra Margarita Ríos Farjat, los miembros del EPR fueron trasladados a la  Procuraduría General de Justicia de Oaxaca y más tarde fueron llevados al Campo Militar número uno de la Primera Región Militar de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) en la Ciudad de México. 

Tras la desaparición de Gabriel Alberto Cruz Sánchez y Edmundo Reyes Amaya, la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada (Siedo), de la entonces Procuraduría General de la República (PGR), inició una averiguación previa por desaparición forzada, delincuencia organizada y secuestro.

Seis años después de la denuncia, en 2013, familiares de las víctimas interpusieron un amparo en el juzgado cuarto de la Ciudad de México, en contra de autoridades estatales, municipales y federales, entre ellos la Sedena, por la desaparición forzada de Gabriel Alberto Cruz y Edmundo Reyes y en contra de la PGR por no investigar a mandos militares.

“A lo largo de la investigación no se ha explorado la hipótesis de participación de las autoridades federales en la desaparición forzada. Tampoco se ha agotado la línea de investigación que se desprende del contexto en el que se dieron los hechos y la condición política y social de las personas en contra de quienes se cometió el hecho”, dice el amparo en revisión 51/2020, resuelto por la Corte.

En octubre de 2016, después de 9 años, el caso pasó a la Fiscalía Especializada en Búsqueda de Personas Desaparecidas y en diciembre la agente del Ministerio Público decidió que sólo investigaría el delito de desaparición forzada. Los otros delitos fueron canalizados a la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada.

El amparo se resolvió hasta 2019 y en él, la jueza cuarta de distrito determinó que aunque no había algún documento o elemento que indicara que las autoridades señaladas participaron en el operativo de 2007 en Oaxaca, las testimoniales de las víctimas indirectas apuntaban lo contrario y por tratarse del delito de desaparición forzada le dio valor probatorio para argumentar que el Ejército estuvo involucrado en los hechos, aunque no existiera una sentencia en el caso y ordenó que se abrieran los cuarteles militares para encontrar a los desaparecidos.

La agente del Ministerio Público federal y la Sedena se inconformaron con el fallo e interpusieron un recurso de revisión donde argumentaron que “la sentencia se basa en argumentos subjetivos y no en hechos probados sobre la participación de elementos militares en el operativo de detención (…) En el caso no existe una sola prueba documental o testimonial que acredite plenamente que elementos del ejército hayan detenido a los quejosos”, según se describe en el proyecto de la ministra Ríos Farjat.

La ministra respaldó en su proyecto la decisión de la jueza de amparo y este 10 de agosto, tres ministros de la Primera Sala votaron a favor y uno en contra, razón por la que deberán ser llamados a declarar a los elementos del Ejército y a altos mandos que dieron la orden en mayo de 2007.

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