Derechos Humanos

La petición de concentrar los procesos del caso Ayotzinapa no ha sido atendida por el CJF

El CJF no ha atendido la exigencia de los padres de los 43 normalistas desaparecidos para que los procesos del caso Ayotzinapa se concentren en un sólo juzgado.

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La exigencia de los padres de los 43 estudiantes de Ayotzinapa desaparecidos para que el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) concentre los procesos penales relacionados con el caso en un sólo juzgado no ha sido atendida, de acuerdo con el informe de la Comisión para la Verdad y Acceso a la Justicia del Caso Ayotzinapa.

“La falta de unificación en los procesos penales, en sí misma, es un obstáculo para el acceso a la justicia. Frente a ello, los padres y madres de los estudiantes han demandado a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, establecer una jurisdicción única sobre el caso, demanda que no ha sido atendida”, indica el informe presentado el 18 de agosto pasado.

Actualmente, las 28 causas penales, relacionadas con el caso Ayotzinapa, se encuentran radicadas en siete juzgados, de siete entidades diferentes, de los cuales 10 se encuentran en Tamaulipas, cinco en el Estado de México, cinco en Guerrero, cuatro en la Ciudad de México, una en Colima, una en Morelos y una en Querétaro.

De acuerdo con Alejandro Encinas, Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, esto ha ocasionado que los jueces dicten fallos en casos similares, con diferentes criterios. 

“Evidentemente esto no solamente no permite el tener una jurisdicción única para atenderlo, sino lleva a burocracia a trámites administrativos, a criterios diferenciados entre los jueces”, dijo Encinas durante la conferencia de prensa en la que se presentó el informe.

El informe de la Comisión para la Verdad indica que una de las instrucciones que dio el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador a la comisión, en enero de 2020, fue la de gestionar con el presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, la acumulación y resolución de las causas penales del caso Ayotzinapa.

En la bitácora de seguimiento de las acciones de la Comisión de la Verdad se especifica el seguimiento para la jurisdicción homogénea de los casos, en la que se pretende solicitar al CJF dos juzgados para los procesos que se llevan en el sistema penal tradicional, así como la concentración del resto de causas penales en juzgados de la Ciudad de México.

Para el 12 de agosto de 2020 esta acción seguía como pendiente de la Comisión de la Verdad, de acuerdo con el anexo 5 del informe. Hasta febrero de 2021, se solicitó al CJF el traslado de los procesos penales radicados en Tamaulipas a un juzgado de Toluca o de la Ciudad de México, pues en 2019, el juez de Tamaulipas liberó a 77 de las 142 personas, acusadas por el caso, al acreditar que los detenidos fueron torturados por autoridades.

“Sí fueron torturadas, eso hay que decirlo, pero en ningún momento dio vista al Ministerio Público antes de su liberación y en ningún momento definió quiénes fueron los torturadores”, apuntó Encinas en la presentación del informe el 18 de agosto pasado.

Los padres de los normalistas de Ayotzinapa sostuvieron una reunión con el presidente del CJF y de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en marzo de 2022, pero el informe no revela los asuntos que se trataron en dicha junta o si se le solicitó el ministro presidente la unificación de los procesos penales y tras una búsqueda de los acuerdo del CJF, no se encontró alguno que tenga que ver con el caso Ayotzinapa.

Pero según el informe, la Comisión de la Verdad acusó en mayo de 2022 un incumplimiento por parte del CJF.

“El Consejo de la Judicatura Federal ha incumplido en concretar en una jurisdicción única los distintos procesos penales del caso Ayotzinapa, lo que ha resultado en la fragmentación de la investigación. Aunado a la burocracia, tortuguismo o abierta corrupción, se han generado barreras que imposibilitan garantizar la verdad y la justicia”, dice el Anexo 5 del informe de la comisión.

Según un acuerdo general del CJF, emitido en mayo de 2022, la concentración de casos en un solo juzgado se permite en casos donde haya violaciones graves de derechos humanos y es aplicable cuando la solicitud de concentración se haya realizado después de la fecha en la que se emitió dicho acuerdo.

“Las solicitudes de concentración pendientes de resolución hasta antes de la entrada en vigor del presente Acuerdo, se tramitarán y resolverán en los términos establecidos en las disposiciones vigentes al momento en que se iniciaron”, apunta el Cuarto Transitorio del Acuerdo General del CJF.

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