Lo que debes conocer sobre la propuesta de la nueva Ley Federal de Cinematografía y el Audiovisual.
La llamada Ley Cine colocó sobre la mesa de debate asuntos que la industria ha buscado esclarecer tras la aparición y evolución de las plataformas que hoy dominan el mercado. Así, mientras que por un lado se escuchan los llamados para aprobar una nueva discusión, desde el otro rincón se advierten tintes ultranacionalistas y la aparición de barreras artificiales a la competencia.
La iniciativa de Ley Federal de Cinematografía y el Audiovisual (LFCyA), presentada en febrero de 2020 por el coordinador de Morena en el Senado, Ricardo Monreal, contempla regular la exhibición y disponibilidad de películas y series mexicanas en cines y plataformas digitales de streaming.
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Y según la propia explicación del legislador, la propuesta se construyó con la participación de especialistas y sectores involucrados en la industria, como la Academia Mexicana de Artes y Ciencias Cinematográficas; y fue resultado de diversos parlamentos abiertos con la comunidad cinematográfica mexicana.
Pero de qué va esta iniciativa, cuáles son sus puntos principales y los puntos clave que generan diversas posturas:
De inicio, la propuesta plantea abrogar la Ley Federal de Cinematografía y expedir la nueva Ley Federal de Cinematografía y el Audiovisual. Y en palabras de su promotor, Monreal, permita que “los productores independientes sean reconocidos”.
De acuerdo al artículo 20 de la iniciativa, las plataformas de streaming estarían obligadas a reservar 15% de su catálogo a producciones mexicanas que no estén controladas por la propia plataforma, cuya producción no exceda 25 años atrás.
“Éstas deberán ser producidas por productor nacional que no sea controlado por la plataforma digital correspondiente o esté sujeto a un control común con una empresa que forme parte del grupo de interés económico de la propia plataforma digital”, indica la nueva legislación.
Además, con el objetivo de promover la visualización del catálogo de obras cinematográficas y audiovisuales nacionales, “las plataformas (…) deberán de generar los algoritmos necesarios para asegurar la promoción que se hace al usuario final en todas las ventanas, segmentos y canales de comunicación a través de los cuales ofertan las obras”.
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Por otro lado, el artículo 19 explica que los exhibidores reservarán 15% del tiempo total de exhibición, para la proyección de obras cinematográficas nacionales en sus respectivas salas cinematográficas, salvo lo dispuesto en los tratados internacionales en los cuales México no haya hecho reservas de tiempo de pantalla.
Además, contempla la obligación de dedicar un 45 % de la cartelera a películas mexicanas, punto al que la industria vinculada a producciones de Estados Unidos ha expresado su rechazo.
El dictamen precisa que toda obra cinematográfica nacional se estrenará en salas por un periodo no inferior a siete días consecutivos en horarios estelares de exhibición, dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que sea inscrita en el Registro Público correspondiente.
Sin embargo, la iniciativa estaría privilegiando “sólo a la producción nacional independiente”, generando preocupación en plataformas como Netflix, que tienen incertidumbre sobre cómo medir ese 15% de contenido mexicano, según explica un artículo publicado por Proceso que destaca que ambos sectores “no se encuentran” en contra del cine mexicano, pero buscan el diálogo.
La iniciativa también busca modificar el artículo 8, planteando que las obras cinematográficas deberán ser exhibidas en su idioma original.
“Atendiendo a las preferencias de las audiencias y a las regiones del país, se podrá realizar el doblaje de hasta un 50% del total de copias que se pretenda exhibir en territorio nacional. Las obras cinematográficas clasificadas para público infantil y documentales educativos podrán exhibirse dobladas al español”, señala la propuesta.
Y que el doblaje de largometrajes y cortometrajes extranjeros se realizará en México, con personal y actores mexicanos o extranjeros residentes, salvo las disposiciones contenidas en convenios o tratados internacionales.
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“La obra cinematográfica deberá exhibirse, comercializarse, comunicarse y distribuirse al público en territorio nacional con el mismo título, salvo que el titular de los derechos patrimoniales autorice su modificación”.
Respecto a los derechos de las audiencias cinematográficas, el capítulo 42 de la iniciativa, especifica lo siguiente:
En el artículo 41, la iniciativa hace referencia a la creación del Sistema Nacional de Información de la Industria Cinematográfica y Audiovisual Nacional, que estaría a cargo del Instituto Mexicano de Cinematografía y el Audiovisual.
Este organismo se encargaría de recabar, analizar y sistematizar la información referente a la producción, distribución o exhibición y comercialización de la cinematografía y el audiovisual nacionales, así como establecer un registro histórico y analizar el funcionamiento de los Estímulos fiscales y los recursos destinados a la Cinematografía.
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Por otro lado, el artículo 49 señala la promoción y difusión del cine nacional en los diversos niveles del sistema educativo, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública para utilizar el cine como medio de instrucción escolar y difusión cultural extraescolar.
Finalmente, la iniciativa remarca en cuanto al otorgamiento de las clasificaciones previstas (desde “AA” hasta “D”), los productores y distribuidores de obras cinematográficas nacionales deberán aportar a la Secretaría de Cultura una copia nueva de la obra cinematográfica en cualquier formato o modalidad para efectos de preservación y de conformación del patrimonio cultural cinematográfico nacional.
Ante el debate revivido, asociaciones y agentes del gremio cinematográfico se han pronunciado a favor de una nueva ley, la cual aseguran es “urgente e impostergable”, que se anteponga a los “intereses voraces”.
“Instamos al Senado mexicano a ejercer las facultades que le otorga (la Constitución) y su soberanía respecto a los agentes económicos dominantes que intentan impedirle que defienda la cinematografía y el audiovisual nacional” expresan en un comunicado firmado por la Academia Mexicana de Artes y Ciencias Cinematográficas, la Asociación Mexicana de Productores Independientes y el Gremio de Animación Mexicana, entre otros.
Asimismo, piden la defensa de la ley “frente a intereses voraces que, de manera engañosa, alegan violaciones a la Constitución y diversos tratados internacionales de las propuestas”.
Y son precisamente los detractores de la ley los que advierten sobre una violación a los acuerdos comerciales entre EU y México, en concreto el T-MEC (firmado en 2020 entre ambos países y Canadá).
El director de la Alianza para el Cumplimiento del Comercio en Estados Unidos (AFTE, en inglés) Brian Pomper, consideró que la aprobación de esta ley implicaría restricciones de exportaciones e inversiones de EU, además de barreras al comercio.
Opinión que coincide con la del Consejo Coordinador Empresarial (CCE), que hace dos meses señaló que la ley impondría barreras artificiales a la competencia y crearía una “ventaja indebida” a favor de la producción nacional independiente, limitando el derecho de la audiencia a “decidir qué ver”.
Por el momento, la ley se encuentra en un receso, según señaló Monreal, para seguir escuchando posturas de los involucrados en el cine y sea más adelante cuando siga con su avance legislativo y sometida a votación.
Con información del Senado y Agencia EFE.
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