Género

Congreso de Chiapas elimina plazo para aborto bajo tres causales

Ojo: no se despenaliza el aborto, sino que solo se permite bajo tres causales: violación, malformación congénita y riesgo a la vida de la madre.

Publicado por: Redacción La-Lista

El Congreso de Chiapas aprobó el martes 2 de mayo reformar el Código Penal del estado para permitir la despenalización del aborto después de los 90 días de gestación, solo en caso de violación, cuando la madre corra peligro de muerte o si producto presente alteraciones genéticas.

El articulo 181 del Código Penal de Chiapas establecía que solo se podía acceder al aborto por violación cuando la víctima lo solicitara antes de los 90 días de gestación, esto pese a que la Ley General de Víctimas y la NOM 046 no establecen ningún plazo para acceder al servicio bajo dicha causal.

En la sesión del martes 2 de mayo, el Congreso del Estado aprobó, por mayoría de votos, el dictamen por el que se reforma el artículo 181 para eliminar el plazo de tres meses para interrumpir el embarazo.

De tal manera que con la reforma realizada, el artículo 181 queda de la siguiente manera: “no es punible el aborto cuando el embarazo sea consecuencia de violación o cuando a la madre embarazada corra peligro de muerte o pueda determinarse que el producto sufre alteraciones genéticas o congénitas que den por necesario el nacimiento de este con trastorno físico o mentales graves, previo dictamen del médico que la asista oyendo el dictamen de otros médicos especialistas cuando fuera posible y no sea peligrosa la demora”.

En un comunicado, el Congreso de Chiapas destacó que con esto se da cumplimiento a la declaratoria general de inconstitucionalidad 5/2022, promovida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), y al Amparo en Revisión 438/2020.

Lo anterior está relacionado con el caso de Jessica, una joven con parálisis cerebral, quien fue víctima de violación cuando tenía 17 años y de cuyo embarazo se supo por una crisis convulsiva, cuando ya tenía 23 semanas de gestación.

Personal del Hospital de Tapachula le negó el aborto ─solicitado por la familia─ al argumentar que excedía el plazo legal de 90 días.

En su momento, la Corte resolvió que poner un plazo para acceder al aborto violenta los derechos humanos de las victimas de violencia sexual.

“Con esta reforma las y los diputados garantizan el derecho que tienen las víctimas a la reparación integral y a las medidas de no repetición”, destacó el Congreso.

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