La Comisión de la Verdad tendrá una vigencia hasta el 30 de septiembre de 2024 y buscará reparar el daño a las víctimas y sus familias.
El gobierno de México publicó el decreto por el cual crea la Comisión para el Acceso a la Verdad, el Esclarecimiento Histórico y el Impulso a la Justicia de las violaciones graves a los derechos humanos cometidas de 1965 a 1990.
Dicha comisión fue anunciada el 2 de octubre por Alejandro Encinas, subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación (Segob).
Pero, ¿por qué surgió está comisión? ¿Cómo se integrará? ¿Cuáles serán sus funciones?
Te lo contamos en La-Lista que explica la Comisión de la Verdad.
Su creación deriva de un decreto publicado y firmado por el presidente Andrés Manuel López Obrador en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Busca esclarecer “las violaciones graves a los derechos humanos cometidas de 1965 a 1990”, así como realizar “las acciones necesarias para el esclarecimiento de la verdad, el impulso a la justicia, la reparación integral y el derecho a la memoria dentro de la competencia de la Administración Pública Federal, y en su caso, dar vista a las autoridades ministeriales, judiciales, de atención a víctimas o aquellas que resulten competentes para su atención”.
De acuerdo con el decreto, se integrará por once personas entre funcionarios públicos y expertos en temas de derechos humanos.
Por los funcionarios públicos estarán el titular de la Subsecretaría Derechos Humanos, Población y Migración, quien presidirá el grupo a nombre del Secretario de Gobernación.
Además del titular de Relaciones Exteriores (SRE), de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP), del Archivo General de la Nación (AGN) de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), de la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas (CNB); así como cinco personas expertas “de reconocida calidad moral o prestigio profesional que contribuyan con el objeto de la Comisión”.
Estas personas serán propuestas conjuntamente por un representante de la Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración, un representante de las víctimas, sus familiares y de las personas sobrevivientes, con la asesoría técnica de la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.
Los integrantes del grupo contarán con derecho a voz y voto, y podrán designar a sus respectivos suplentes, quienes deberán tener el nivel jerárquico inferior inmediato al de ellos.
El decreto establece que la comisión dependerá de la Segob, por parte de la Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración.
El decreto establece nueve líneas de acción enfocadas a investigar los crímenes de violencia política cometidos entre 1995 y 1990, así como promover acciones de justicia y de reparación del daño para las víctimas y sus familiares.
Dentro de sus funciones está establecer “investigaciones correspondientes, las cuales deberán realizarse sin sesgos, con independencia, imparcialidad y competencia; así como para el fortalecimiento de las acciones de investigación, seguimiento, fiscalización, proposición y emisión de informes relacionados con su objeto, conforme a la normativa aplicable en la materia”.
Así como implementar mecanismos de investigación para impulsar acciones ante las autoridades ministeriales y judiciales competentes; fortalecer acciones para búsqueda de personas desaparecidas; permitir la reparación del daño; e impulsar mecanismos de colaboración entre los poderes de la unión para la resolución de los casos.
La Comisión deberá entregar un informe final de esclarecimiento histórico de los hechos, procesos, instituciones y responsables que hicieron posible la comisión de graves, sistemáticas y generalizadas violaciones a los derechos humanos por parte del Estado mexicano, el cual será de libre acceso a la sociedad en general.
Dicho documento será enviado a las autoridades ministeriales, judiciales, de atención a víctimas o las que resulten competentes, el informe final para sus efectos conducentes.
El decreto establece que la Comisión de la Verdad se conformará dentro de los 30 días hábiles siguientes a la entrada en vigor del acuerdo.
Quienes integren el grupo de trabajo deberán ser nombradas en un plazo no mayor a 15 días de la entrada en vigor del acuerdo.
Y la Comisión de la Verdad tendrá una vigencia hasta el 30 de septiembre de 2024.
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