La-Lista de acusaciones contra María Isabel Cal y Mayor, exnuera de José María Riobóo
Foto: Especial

José María Riobóo busca encarcelar a su exnuera María Isabel Cal y Mayor, a quien acusa de haber causado la muerte de su hijo Rodrigo Riobóo Talayero, cuya herencia quedó en manos del empresario tras un conflicto legal con la viuda.

El empresario presentó una denuncia en contra de Cal y Mayor ante la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX), dependencia que pidió su captura por el delito de homicidio en razón de parentesco calificado.

Esta es La-Lista de acusaciones contra María Isabel Cal y Mayor:

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Infidelidad

El fallo del Consejo General del Poder Judicial de España, revisado por La-Lista, se refiere a la pareja bajo los pseudónimos de Ángel y Ángela, y menciona que la pareja comenzó un noviazgo en el 2009, el cual no duró mucho tiempo debido a “actitudes e infidelidades por parte de la reclamada”.

La acusación resalta que tras el fallecimiento de su madre Elena del Pilar Talayero Tenorio, Riobóo Talayero quedó en una situación vulnerable tanto física como emocionalmente, así como en depresión.

Esto presuntamente lo aprovechó Cal y Mayor, quien buscó un acercamiento y tras más de un año de relación, en 2011 contrajeron matrimonio por separación de bienes, pues según las declaraciones recabadas por la FGJCDMX, las intenciones de la mujer siempre fueron “hacerse del patrimonio” de Rodrigo Riobóo Talayero.

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Primeras páginas del documento. Foto: La-Lista

Posteriormente, la mujer asumió el control de los cuidados médicos y solamente ella se encargaba de suministrar el tratamiento médico a su pareja y vigilar sus alimentos y visitas al médico, por lo que indicó a todo el personal que se encontraba a su servicio, que exclusivamente ella podía proveerle los medicamentos.

“Lo que le permitió tener el control de las dosis que su esposo consumía, las que en algunas ocasiones y según se desprende de las pruebas que integran la investigación iniciada en contra de la reclamada, eran mayores a las que Ángel necesitaba”, se mencionó.

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Inseminación artificial

El documento exhibió que Riobóo Talayero tenía planes de divorciarse de su esposa, sin embargo, ella se realizó un procedimiento de inseminación artificial sin consultarlo con su esposo y con el objetivo de “retenerlo”.

El empresario le comentó a su escolta que entre sus planes no estaba la idea de convertirse en padre. No obstante, el tratamiento funcionó y la mujer se embarazó, posteriormente lo amenazó con que no le permitiría ver a sus hijos y Riobóo Talayero desistió del divorcio.

“Logrando así, controlar y retener a su esposo, y continuar con su propósito delictivo que era disminuir la salud de Ángel hasta que muriera y así apropiarse de su patrimonio”, detalló el texto.

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Páginas 3 y 4 del documento del caso. Foto: La-Lista
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Deterioro de salud

El documento destaca que cuando María Isabel Cal y Mayor era esposa de Rodrigo Riobóo Talayero planeó y realizó acciones que provocaron que su salud se deteriorara hasta lograr su deceso.

“Ángela sabía que Ángel se encontraba enfermo y de manera dolosa lo indujo a que consumiera alimentos, tabaco y bebidas alcohólicas, todos ellos no recomendables para su salud, alterando además la dosis y frecuencia de sus medicamentos”, se lee en el documento.

Además, se acusó a Cal y Mayor de no proveer los debidos cuidados correspondientes ni atención médica, sino que lo “encaminó de manera sistemática y progresiva su conducta al descuido, abandono y apatía sobre su persona, hasta que Ángel permitió tal deterioro en su salud, al punto de llegar a la muerte”.

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María Isabel Cal y Mayor. Foto: Caligrama Editorial

Riobóo Talayero padecía esquizofrenia y tomaba medicamentos bajo prescripción médica, los cuales consumía en dosis y horarios establecidos por médicos y le daban la oportunidad de “llevar una vida normal y autosuficiente”.

Las declaraciones recogidas por la FGJCDMX afirman que Cal y Mayor inducía a su esposo a “que ingiriera alcohol y tabaco de manera desmedida, aún y cuando ella sabía que él tenía prohibido el consumo de dichas sustancias, debido al medicamento que los médicos le habían prescrito para tratar su padecimiento mental”.

“Las bebidas alcohólicas, el tabaco, la falta de actividad física, una alimentación inadecuada y los malos hábitos provocaron en Ángel sobrepeso, hasta llegar a la obesidad mórbida, condición que le generó hipertensión arterial sistemática, daño renal y enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), padecimientos que requerían cuidados especiales”, agregó la justicia de España.

Sin embargo, la mala atención médica salió a la luz cuando María Isabel Cal y Mayor dejó de llevar a su esposo a sus citas en psiquiatría, nutrición y neumología.

Las acciones provocaron graves afectaciones en el estado de salud de Riobóo Talayero, quien en 2018 fue internado al Centro Médico ABC de Santa Fe, ubicado en la Ciudad de México por una insuficiencia respiratoria y neumonía por broncoaspiración.

“En el expediente clínico de Ángel que le fue hecho en el Centro Médico ABC en mayo de 2018 se cita que a esa fecha la victima fumaba 80 cigarros al día y pesaba 135 kilogramos aproximadamente”.

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Sin tanque de oxígeno

El 8 de junio de 2018, Riobóo Talayero dejó el Centro Médico ABC, quedando sujeto a un tratamiento pulmonar riguroso, sin embargo, la pareja se trasladó a Madrid, España, “aislándolo nuevamente de su red primaria de apoyo familiar”.

A pesar de la condición de salud, calificada como “grave” por los médicos, el 26 de junio se coordinó el viaje y abandonaron la CDMX. Y en lugar de solicitar al personal de la aerolínea la autorización de llevar consigo el tanque de oxígeno, “decidió dolosamente documentarlo al interior del avión sin acceso a pasajeros, aun y cuando ella sabía que el tiempo de vuelo a la ciudad de Madrid, España es de 12 horas aproximadamente”.

“Una vez en España, pese al estado grave de salud de Ángel , Ángela , lo obligó a ir al carnaval de la Ciudad de Cádiz, lo cual evidentemente le traería consecuencias graves a su salud”, destacó la justicia española.

El 3 de marzo de 2019, Riobóo Talayero ingresó al hospital por una dificultad respiratoria y fiebre con antecedentes de HTA, obesidad mórbida, exfumador importante, paciente psiquiátrico y neumonía similar a la que requirió su ingreso al hospital en México.

Su condición era grave y tuvo que ser trasladado al Hospital Universitario de Puerto Real. El 4 de marzo de 2019, Rodrigo Riobóo Talayero murió por insuficiencia respiratoria. “Se advierte que la patología que le causó la muerte se presentó 6 días antes de su fallecimiento, lo que pone de manifiesto el descuido en el que se encontraba Ángel por parte de Ángela y que le ocasionó la muerte”, agregó.

Según el archivo, María Isabel Cal y Mayor informó el deceso a José María Riobóo con “una escueta comunicación” y días después mandó un mensaje para decir que enviaría las cenizas a México.

El dueño de grupo Riobóo denunció que cuando hablaba con su hijo, él mostraba poco interés de vivir, “no tenía pensamientos
claros, su tono de voz cambiaba drásticamente a consecuencia del deterioro de su salud y le exigía le diera fuertes cantidades de dinero para su esposa”.

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Distanciamiento familiar

Se resaltó que María Isabel Cal y Mayor comenzó a influenciar y manipular a Rodrigo Riobóo Talayero hasta aislarlo de su entorno familiar, lo que impedía que ellos estuvieran al pendiente de su estado de salud y evidenciaba de nueva cuenta “su interés principal, que era disponer de los ingresos que percibía su esposo y apropiarse paulatinamente de su patrimonio”.

“Inclusive, ella dejó muy en claro que no le interesaba que Ángel conviviera con su padre y hermano, al punto de que en los primeros meses de casados convenció a su esposo de vivir fuera de cambiando su lugar de residencia a los Estados Unidos de América, donde radicaron por algún tiempo, lo que además aprovechó para convencer a Ángel de establecer varias empresas”.

A medida que el patrimonio y capacidad económica de Riobóo Talayero aumentaban, “crecía el interés de Ángela por tomar el control de los bienes de este”, mencionó el documento.

Respecto a la extradición, el Consejo español sostuvo que “resulta difícilmente encajable en nuestro Derecho Penal que tal conducta pueda incardinarse en un delito doloso de homicidio, artículo 138 del CP o en un delito de asesinato del artículo 139 y siguientes del texto legal citado”.

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