La SCJN invalida el artículo sobre objeción de conciencia de la Ley General de Salud
La Corte resolvió anular el artículo de la Ley General de Salud que regula la objeción de conciencia del personal médico. Foto: Pixabay / valelopardo

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el artículo 10 bis de la Ley General de Salud sobre objeción de conciencia, al considerar que los lineamientos para su uso son insuficientes y se analizará si la sentencia debe exhortar u obligar al Poder Legislativo a rehacer la norma con base en las consideraciones de los ministros.

Con ocho votos a favor de eliminar la norma de la Ley y tres a favor de no eliminarla, sino generar una interpretación bajo la misma Ley y la Constitución, los ministros del Pleno de la Corte decidieron pronunciarse por la total invalidez del artículo, pero no del derecho individual de la objeción de conciencia.

Este derecho puede ser invocado en temas como la interrupción legal del embarazo o la voluntad anticipada, dos de las prácticas médicas permitidas por la ley y que suelen chocar con creencias religiosas de algunas personas.

Los ministros decidieron votar sobre estos dos caminos, pues de lo contrario, se hubiera desestimado la acción por no alcanzar el número de votos o simplemente eliminar el artículo sin ningún tipo de efecto para los congresos federal y de los estados.

En la sesión del lunes 13 de septiembre, dejaron claro que la objeción de conciencia es un derecho del personal de salud, pero que no puede ser usado para violar un derecho fundamental como el derecho a la salud, por lo que era necesario que en la segunda discusión, este lunes, los ministros de la SCJN debatieran los límites de la objeción.

El ponente del proyecto de acción de inconstitucionalidad 54/2018, el ministro Luis María Aguilar, fue felicitado por sus compañeros por intentar que la objeción de conciencia y el derecho a la salud convivan en el ejercicio de la medicina de forma respetuosa, pues proponía validar el artículo 10 bis.

Este martes, los ministros volverán a debatir sobre este tema para definir los efectos que deberá causar la sentencia en el Poder Legislativo, tanto federal, como en los estatales.

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