El estacionamiento gratuito por 4 horas a personas con discapacidad es válido: SCJN

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que es válido que las leyes locales del Estado de México obliguen a que se conceda estacionamiento gratuito por cuatro horas a las personas con discapacidad que utilicen estos espacios en vehículos con el debido engomado y placas en sus vehículos.

El proyecto determina que si bien las leyes locales del Estado de México constituyen una restricción a la libertad de comercio, ésta se justifica con el fin de garantizar la accesibilidad de las personas con discapacidad y su plena integración social, indica el proyecto del ministro Alberto Pérez Dayan.

Por unanimidad, los integrantes de la Segunda Sala, que preside la ministra Yasmín Esquivel Mossa, negaron el amparo promovido por la razón social Comercial City Fresko en contra de disposiciones en los artículos 8.17 y 8.18 del Código Administrativo del Estado de México que obliga a los establecimientos mercantiles a contar con dos cajones exclusivos a personas con discapacidad y ofrecer el servicio gratuito por cuatro horas.

El Código determina que “los portadores de los distintivos oficiales de discapacidad podrán hacer uso gratuito de cualquier estacionamiento de la Entidad durante las primeras cuatro horas, toda vez que hagan uso de los cajones exclusivos”

La determinación impulsada por el Congreso del Estado de México en 2019 fue impugnada por la empresa al considerar que “viola el derecho a la libertad del trabajo, comercial y contractual”.

Sin embargo el proyecto considera que la medida es proporcional y “se encuentra vinculada con la protección, desarrollo e integración de las personas con discapacidad. Así como la eliminación de barreras de movilidad y accesibilidad”.

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