CDMX elimina del Código Penal el ‘peligro de contagio’ por VIH
Dos investigadoras trabajan en el laboratorio de IrsiCaixa en el proyecto de Investigación de la vacuna del VIH. Foto: Alejandro García / EFE

El Gobierno de la Ciudad de México publicó en la Gaceta Oficial la derogación del Artículo 159 del Código Penal local que tipificaba el delito de “peligro de contagio” por VIH.

El Congreso de la Ciudad de México (CDMX) aprobó eliminar dicha figura para evitar la criminalización de personas que viven con VIH/SIDA, el lunes 8 de enero.

Tres días después en conferencia de prensa, el jefe de Gobierno capitalino, Martí Batres, confirmó que a partir del 12 de enero entrará el vigor la derogación una vez publicada en la Gaceta Oficial.

“Vivir con VIH no debe ser considerado nunca un delito… (La derogación) representa un avance histórico en la lucha contra lacriminalización y la estigmatización de las personas que viven con VIH”, aseguró el funcionario a través de su cuenta de X, antes Twitter.

Anteriormente, tras la aprobación en el Congreso de la CDMX de la eliminación de la figura de “Peligro de Contagio”, en redes sociales organizaciones y clínicas médicas en la Ciudad de México celebraron el dictamen.

Autoridades de la Clínica Condesa dieron a conocer en un comunicado que la derogación del Peligro de Contagio en el Código Penal de la Ciudad de México es una acción afirmativa en la lucha contra el VIH/Sida.

“Las clínicas especializadas Condesa se suman al festejo comunitario y reconocen la sensibilidad del Congreso de la Ciudad de México porque, eliminar la crimialización de la transmisión del VIH/SIDA constituye una medida de salud pública recomendada por el ONUSIDA”, agregó personal de la Clínica Condesa.

Por su parte, el diputado Temístocles Villanueva dijo que hoy se aprobó la derogación del artículo 159 Peligro de Contagio, “enterrando de una vez por todas el pasado en el que el VIH era sinónimo de miedo y muerte”.

“La CDMX abandona el punitivismo y avanza con una visión garantista de derechos que es la única concebible para legislar y gobernar en nuestra ciudad. Hoy debemos pensar en todas las personas que viven con VIH, en su lucha, saldamos nuestra deuda histórica con ellas, ellos y elles. Hoy este Congreso abandona el clóset impuesto por la serofobia, sabiendo que no podemos volver a él”, agregó en un mensaje en su redes sociales.

¿Qué es el Peligro de Contagio?

De acuerdo con información del Congreso de la CDMX, el delito de contagio consiste en un perjuicio a la salud por parte de una persona que se encuentra dentro de una relación de matrimonio o concubinato.

Si una persona sabe que está enferma de un mal venéreo u alguna otra enfermedad grave que ponga en peligro de contagio la salud de otro individuo por tener relaciones sexuales o a través de otro medio transmisible puede ser sancionado, de acuerdo con el artículo 199 Bis del Código Penal Federal.

Asimismo, señala la persona que incurra en este delito podría ser sancionada con tres días a tres años de prisión y hasta 40 días de multa. En caso de que la enfermedad padecida fuera incurable, se podría imponer una pena de seis meses a cinco años de prisión.

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