Mantienen contingencia ambiental en CDMX y Edomex por tercer día consecutivo
Fotografía que muestra la contaminación el jueves 22 en la Ciudad de México. Foto: EFE

La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) mantiene para el domingo 25 de febrero la contingencia ambiental por ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM), que incluye a la Ciudad de México (CDMX) y el Estado de México (Edomex), debido a los altos índices de contaminación.

En el reporte de las 20:00 horas del sábado 24 de febrero se informó que se registró una concentración de ozono de 166 ppb, en la estación de monitoreo de Merced, ubicada en la Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México.

“Los modelos meteorológicos indican para el día de mañana, que con el sistema de alta presión sobre el Valle de México, persistirá la masa de aire con limitado contenido de humedad, cielo despejado, intensa radiación solar y viento débil. Con estos elementos,  las condiciones seguirán siendo adversas para la dispersión de los contaminantes”, detalló la comisión.

A las 10:00 horas del 24 de febrero, el Sistema de Monitoreo de la Calidad del Aire de la Ciudad de México dio a conocer que prevalece la influencia de un sistema anticiclónico en la parte central del país.

“El contenido de humedad será escaso y se prevé cielo despejado y sin probabilidad de lluvias. Las temperaturas máximas continuarán elevadas entre 28 y 29 grados Celsius”, destacó la comisión.

Hoy No Circula 25 de febrero de 2024

El Hoy No Circula por la Contingencia Ambiental en la CDMX y el Estado de México para hoy domingo 25 de febrero aplicará así de las 5:00 a las 22:00 horas:

  1. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
  2. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación  1, cuyo último dígito numérico sea 0, 2, 4, 6 y 8.
  3. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 00 y 0, engomado azul, terminación de placa  9 y 0 .
  4. Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos,   de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
  5. Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques    estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea PAR.
  6. Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del  EDOMEX.
  7. Los taxis con holograma de verificación  “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos  1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

Exenciones

  • Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
  • Vehículos que porten holograma “00” o “0” vigente, cualquiera que sea su uso, sin importar la entidad federativa donde estén matriculados, podrán circular, si cuentan con engomado diferente al color azul y terminación de placa 9 y 0.
  • Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica.
  • Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población
  • Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.
  • Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
  • Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
  • Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
  • Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).
  • Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
  • Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto. 
  • Las motocicletas están exentas de la Fase I

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