SCJN ampara a un particular contra reforma a la Ley Minera
La ley impide otorgar nuevas concesiones y establece consultas previas a comunidades indígenas y afromexicanas.
La ley impide otorgar nuevas concesiones y establece consultas previas a comunidades indígenas y afromexicanas.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó a un particular el primer amparo contra la Ley Minera, aprobada en 2023.
El expresidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) impulsó los cambios a la ley que, entre otros puntos, elimina el carácter preferente de las licitaciones, reduce las concesiones de 50 a 30 años y establece una consulta previa de comunidades indígenas y afromexicanas.
Además, establece que se desecharían las nuevas solicitudes de exploración y explotación sin mayor trámite.
Sin embargo, un particular identificado como Emiliano Ruiz Hernández se amparó al argumentar que solicitó una concesión minera en la Agencia de Minería en Culiacán, Sinaloa, en el formato SE-F0-10-001 el 1 de octubre de 2019 a la par de la emisión del Decreto.
“La norma es violatoria del principio de irretroactividad contenida en el artículo 14 de la Constitución y, por ende, procede conceder el amparo y protección de la Justicia Federal al quejoso”, de acuerdo con el proyecto elaborado por el ministro Alberto Pérez Dayán y que fue aprobado con tres votos a favor y dos en contra.
“El quejoso tiene el derecho a que su solicitud sea resuelta de acuerdo con las normas vigentes en que la formuló, en octubre de 2019”, confirmaron las y los ministros, de acuerdo con información obtenida por Reforma.