Economía

Profeco responde a Viva Aerobus: Llevará caso de equipaje de mano a la SCJN

La Profeco destacó que estos cargos, "como los de la llamada Tarifa Zero, de Viva Aerobus", provocan una "afectación a la economía de una colectividad de consumidores".

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La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) destacó que la comercialización de vuelos con tarifas que no incluyen el derecho a transportar equipaje de mano y hay cargos adicionales establecen una práctica contra los intereses de los pasajeros, luego de que Viva Aerobus ganó un amparo contra la dependencia, por lo que buscará llevar el caso ante la Suprema corte de Justicia de la Nación (SCJN).

La Profeco intentará presentar ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación el caso para que revise la “correcta interpretación que realizarán en su momento los juzgadores” en torno a la constitucionalidad de los artículos de la Ley de Aviación Civil y que correspondan al criterio asentado por el tribunal.

La institución destacó que estos cargos, “como los de la llamada Tarifa Zero, de Viva Aerobus”, provocan una “afectación a la economía de una colectividad de consumidores”.

“Se hace un llamado a denunciar y formalizar quejas por esta práctica abusiva, dado que la aerolínea en cuestión pretende confundir a los pasajeros en esta temporada vacacional, haciéndoles creer que tiene el derecho de cobrarles equipaje de mano”, detalló la Profeco en un comunicado.

En diciembre de 2021, la Profeco emitió una alerta al consumidor, ya que “VivaAerobus comercializa vuelos con tarifas que no incluyen el derecho a transportar equipaje de mano”.

Ante esto, la aerolínea interpuso un amparo de revisión, que le fue otorgado, sin embargo, la Procuraduría del Consumidor reiteró que a través de un procedimiento diverso a la alerta, sancionó económicamente a la empresa y ordenó la suspensión de la práctica consistente en ofrecer tarifas que no contemplan el derecho a transportar equipaje de mano.

“Dicha sanción y el criterio que tiene esta autoridad sobre el equipaje de mano y su inherencia al servicio aéreo, fueron declarados válidos por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, quien reconoció la legalidad de los argumentos emitidos por esta Procuraduría en defensa de los derechos de los consumidores”, puntualizó la dependencia.

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