Ninguno de los funcionarios ni la jefa de gobierno incurrieron en ilícitos, por lo que se negaron las medidas cautelares en su contra.
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) negó medidas cautelares solicitadas contra la jefa de gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum Pardo; el secretario de Gobernación, Adán Augusto López Hernández; y contra el canciller Marcelo Ebrard, por presuntos actos anticipados de campañas de cara al proceso electoral para renovar la Presidencia de la República.
La Comisión determinó que ni la jefa de gobierno ni los funcionarios federales incurrieron en conductas que transgredan los principios de imparcialidad y equidad frente a las próximas elecciones de 2024.
Respecto a las medidas cautelares que solicitaron el PAN, PRI y PRD en contra de la mandataria capitalina por los espectaculares que pusieron diputados federales de Morena en distintas entidades del país, la Comisión del INE indicó que se trataban de hechos ya consumados e irreparables.
“La Comisión determinó como improcedente la medida cautelar respecto del retiro de los anuncios espectaculares alusivos al #EsClaudia en distintas entidades de la República, ya que se está en presencia de actos consumados de forma irreparable, lo anterior porque de la inspección realizada a las direcciones denunciadas, se pudo advertir que actualmente ya no se encuentran los medios publicitarios”, señaló el INE en un comunicado.
Además, consideró incensario que Sheinbaum Pardo realice otro deslinde público de estos espectaculares que promovían su aspiración a la candidatura presidencial de Morena, pues ya lo hizo en diciembre pasado.
En tanto a las medidas cautelares en contra del titular de la Secretaría de Gobernación (Segob) que fueron negadas, la Comisión de Quejas y Denuncias del árbitro electoral también señaló que los espectaculares denunciados fueron retirados, por lo que se tratan de actos consumados e irreparables.
En ese sentido, resolvió la improcedencia de las medidas cautelares por las publicaciones en redes sociales relacionadas con estos espectaculares, ya que estas la realizaron personas ajenas al secretario de Gobernación, por lo que están amparadas en la libertad de expresión.
“La Comisión también consideró que no se justifica el dictado de la tutela preventiva, debido a que se está en presencia de actos futuros de realización incierta al no existir elementos que apunten que actos como el denunciado tendrán lugar nuevamente, además de que el propio denunciado hizo pública una invitación a la ciudadanía para respetar los plazos y términos de la legislación electoral”, profundizó.
Por parte del secretario de Relaciones Exteriores, se determinó que su participación en el evento “Instalación del Comité Estatal Chihuahua MORENA Progresista” no representó un acto anticipado de campaña, toda vez que no se solicitó el voto en favor del funcionario para ser electo a un cargo público y tampoco se externaron propuesta políticas o electorales concretas.
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