Entra en vigor decreto que obliga a diagnosticar tipo de diabetes

 El Diario Oficial de la Federación publicó un decreto en materia de diagnóstico y atención de los tipos de diabetes, el cual entra en vigor este jueves 11 de mayo.

Lo anterior, luego de que la Cámara de Diputados avaló el 28 de marzo pasado, con 475 votos a favor y una abstención, reformar la Ley General de Salud para establecer que las autoridades sanitarias y las instituciones públicas de salud deben diferenciar el diagnóstico y la atención de los tipos de diabetes.

El decreto establece que las autoridades sanitarias y las instituciones públicas de salud deben diferenciar el diagnóstico y la atención de los diferentes tipos, considerando al menos, la siguiente clasificación:

  • I. Diabetes Tipo 1;
  • II. Diabetes Tipo 2, y
  • III. Diabetes Gestacional.

En México, erróneamente se ha normalizado el padecer cualquier tipo de diabetes en México, “cuando esto no puede ni debe ser así. Cifras presentadas a finales de 2021 indican que más de 151 mil personas fallecieron a causa de diabetes mellitus, lo que equivale a 14 por ciento del total de defunciones ocurridas en el país, de las cuales casi 79 mil corresponden a defunciones en hombres (52 por ciento) y más de 72 mil corresponden a mujeres (48 por ciento)”.

Con este decreto, los diferentes tipos de esta enfermedad serán tratados de manera específica y se brindará una atención especializada y recibirán el tratamiento adecuado.

La Asociación Mexicana de Diabetes indicó que la adición del artículo 159 bis a la Ley General de Salud es un gran avance en el cuidado de las personas con diabetes en México.

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