‘Ley Silla’ regresa al pleno del Senado: ¿Qué falta para que se apruebe y qué artículos de LFT modifica? ‘Ley Silla’ regresa al pleno del Senado: ¿Qué falta para que se apruebe y qué artículos de LFT modifica?
La Ley Silla fue aprobada en comisiones del Senado; su discusión avanza al Pleno. Foto: Alejandro Aguilar

La “Ley Silla“, que reconoce el derecho de los trabajadores a descansar en asientos con respaldo, fue aprobada por unanimidad en comisiones del Senado.

Los legisladores de las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Estudios Legislativos dieron su aval al dictamen que ahora será discutido en el pleno de la Cámara Alta.

La presidenta de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, Geovanna Bañuelos, aseguró que la aprobación del dictamen es un acto de justicia para las y los trabajadores.

“Se trata de atender un tema vital para la salud, dignidad, seguridad y mejores condiciones para las y los trabajadores de nuestro país. Además, hay investigación que demuestra que permanecer de pie durante tiempos prolongados puede desarrollar problemas cardiovasculares o en el caso de las mujeres problemas durante el embarazo”, indicó.

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La Ley Silla fue aprobada en Comisiones del Senado por unanimidad. Foto: FB-Partido del Trabajo

¿Qué falta para que se apruebe la ‘Ley Silla’?

La ley que garantiza descansos periódicos a distintos trabajadores del sector servicios y comercio, como cajeras, vigilantes, vendedores o meseros fue aprobada en el Pleno del Senado el pasado febrero; sin embargo, por el fin del periodo de sesiones el dictamen fue desechado en la Cámara de Diputados.

Ahora que las comisiones del Senado avalaron el dictamen por unanimidad, la reforma deberá votarse de nueva cuenta en el pleno y finalmente podrá ser enviada al Diario Oficial de la Federación (DOF) para su publicación.

La Ley Silla ya cuenta con el consenso de todos los grupos parlamentarios, el gobierno, el sector empresarial y de los trabajadores.

¿Qué artículos de la LFT modifica la ‘Ley Silla’?

La propuesta modifica los artículos 132, 133, 422 y 423 de la Ley Federal del Trabajo.

Entre las adiciones estipula que las y los trabajadores no pueden ser obligados a permanecer de pie durante la totalidad de su jornada laboral y les garantiza el derecho a tomar asiento periódicamente.

Además, establece que es obligación de los empleadores contar el número suficiente de asientos o sillas con respaldo para que los trabajadores descansen o ejecuten sus funciones sentados.

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El Pleno del Senado tendrá que votar de nueva cuenta la “Ley Silla” para que pueda ser publicada en el DOF. Foto: FB/Senado de la República

¿Qué otras medidas contempla la ‘Ley Silla’?

  • Las empresas tendrán 180 días a partir de que se publique en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para otorgar este nuevo derecho a las personas trabajadoras.
  • Los reglamentos internos de las empresas deberán regular este nuevo derecho.
  • El incumplimiento de las empresas será sancionado como violación a la norma de trabajo.
  • Las empresas tendrán un año para adecuar su reglamento interno.
  • La Secretaría del Trabajo y Previsión Social tendrá 30 días naturales para emitir normativa sobre los factores de riesgo en el trabajo. 

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