Proyecto en el TEPJF perfila confirmar mayoría de Morena en Diputados
PAN, PRI y MC se incoformaron luego de que el INE ratificó la mayoría de Morena y partidos aliados tras las elecciones del 2 de junio.
PAN, PRI y MC se incoformaron luego de que el INE ratificó la mayoría de Morena y partidos aliados tras las elecciones del 2 de junio.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) plantea ratificar la mayoría de Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) en la Cámara de Diputados, lo que le permitiría aprobar reformas con sus partidos aliados sin necesidad de negociar.
El Consejo General del INE avaló la mayoría de Morena, PT y PVEM con siete votos a favor y cuatro en contra, lo que deja a la coalición “Juntos Hacemos Historia” con 364 curules en San Lázaro tras los resultados electorales del 2 de junio.
Partido Acción Nacional (PAN), Partido Revolucionario Institucional (PRI) y Movimiento Ciudadano (MC) impugnaron y propusieron repartir los plurinominales por coalición y no por partido político.
Sin embargo, el proyecto de resolución SUP-REC-3505/2024 publicado por el magistrado Felipe de la Mata descarta que el INE actuara contra lo que dicta la Constitución.
“Este órgano jurisdiccional considera que la asignación del Consejo General del INE fue correcta, pues atendió a los parámetros constitucionales previstos para la asignación de diputaciones por el principio de representación proporcional, por lo que no es dable adoptar los escenarios alternativos planteados por los promoventes”, detalla el documento.
En el proyecto, el magistrado declara como “infundados, inoperantes o inexistentes” todos los argumentos presentados por la oposición.
Sobre la presunta omisión legislativa reclamada por PAN, PRI y MC, de la Mata explica que “es infundado el planteamiento porque ninguna norma constitucional impone al Congreso que considere a las coaliciones para calcular la sobrerrepresentación, por lo que es inexistente la alegada omisión”.
También descarta el incumplimiento de postular 200 candidaturas, así como la prohibición de exceder 300 diputaciones.
“Se parte de una premisa equivocada al suponer que las reglas en cómo participa una coalición y los partidos políticos en lo individual son análogas… La normativa constitucional y legal permite que los aprtidos políticos integrantes de una coalición postulen candidaturas de diputaciones de mayoría relativa, de tal manera que una misma candidatura es como si fuera postulada por todos los institutos políticos coaligados”.
Pese a que PAN, PRI y MC aseveran que hay una aplicación incorrecta del límite de sobrerrepresentación del 8%, el magistrado ahondó que fue su atribución fue con los precedentes y jurisprucencia de la Sala Superior sin que haya cambios legislativos que expliquen una interpretación distinta.
“Aún después de que se presentó el supuesto de que la suma del porcentaje de representación de partidos coaligados estuviera por encima del 8%, el texto constitucional se ha mantenido redactado en los mismos términos. Sin que se haya emitido interpretación alguna por parte del INE o de esta Sala Superior en el sentido de establecer algún mecanismo dirigido a verificar la sobrerrepresentación por coalición”.
La oposición considera que si un partido político obtuvo el 10% de votación no se le debe sumar un 8% para calcular su límite de
sobrerrepresentación en 18%, sino que se debe extraer el 8% para que no exceda de diputaciones más allá del 10.8%.