Falso, que saldrían 90 mil personas si la SCJN eliminaba prisión preventiva: abogados
Foto: Archivo

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación no logró este jueves los ocho votos necesarios para invalidar una de las herramientas de los últimos gobiernos para mantener en la cárcel a personas acusadas por ciertos delitos sin que hayan recibido una sentencia: la prisión preventiva oficiosa.

El proyecto del ministros Luis María Aguilar alcanzó solamente seis de los ocho votos necesarios sobre la interpretación de la prisión preventiva oficiosa, una medida cautelar, que obliga a las y los jueces a enviar a prisión a las personas imputadas por los delitos contemplados en el el artículo 19 de la Constitución sin que haya una justificación para ello.

En lo que sí lograron un consenso los ministros fue en declarar la invalidez de que ciertos delitos fiscales fueran considerados como delitos que amenazan a la seguridad nacional y, por lo tanto, merezcan prisión preventiva oficiosa.

Abogados consultados por La-Lista desmintieron el argumento usado por el gobierno federal, sobre que si la Corte eliminaba la prisión preventiva oficiosa de forma generalizada saldrían de la cárcel 90 mil personas que se encuentran en esa condición.

“Por primera vez se iba a analizar esta figura en cuanto a su aplicación, en cuanto a su vigencia, pero desafortunadamente no se va a avanzar en su inaplicación bajo cualquier forma de argumento… lo único que va a avanzar es que la prisión preventiva oficiosa no se aplique a los delitos fiscales, que se habían incluido o adicionado en una reforma reciente a la ley procesal, pero que la prisión preventiva oficiosa se va a mantener como hasta el día de hoy”, indicó Gabriel Regino vía telefónica.

“Sí hubo una injerencia definitivamente por parte del presidente de la República, del gabinete de seguridad en esta temática, tergiversando lo que iba a ser materia de debate en la Corte, porque al mencionar que saldrían 90 mil personas (de la cárcel), completamente falso; que la prisión sea la solución al crimen también es falso; lo que se estaba por discutir era que la prisión preventiva oficiosa o automática en sí misma es violatoria de derechos porque se aplica a rajatabla de forma automática, sin que exista la posibilidad de discutirla, sobre si es necesaria o no, si se puede aplicar una medida cautelar diferente, como por ejemplo puede ser el arresto domiciliario, la colocación de brazaletes, la prohibición a salir del país, etcétera”, expuso.

“Entonces que la prisión sea automática sin siquiera saber si existen o no datos de prueba fiables sobre la participación de una persona en los hechos delictivos que están establecidos en la Constitución sí es violatoria de derechos humanos, pero esa discusión ya se desbordó porque esta injerencia del Ejecutivo federal ya trastocó y tocó la piel de ministras y ministros que se decantaron por mantener esa figura, no entrar a su debate y eliminarla solamente en los delitos fiscales”, criticó.

Regino explicó que si se hubiese logrado establecer como criterio que la prisión preventiva oficiosa puede ser materia de una discusión en audiencia, todas las personas que están ahorita bajo esa medida podían ir solicitando una audiencia para debatir si en su caso específico esa medida debe de prevalecer o no: “es decir, ¿hay riesgo de que se fugue la persona? claro que puede existir, pero lo tiene que demostrar la fiscalía. ¿Hay riesgo para la sociedad de que una persona con prisión automática salga en libertad? Claro, pero lo tiene que demostrar la fiscalía. ¿Hay riesgo para víctimas u ofendidos si la persona sale? Pueden existir, pero lo tiene que acreditar la fiscalía. Eso es lo que se iba a generar”.

Paradójicamente, agregó Refino, “ahora tenemos más presos con el nuevo sistema que con el anterior, lo que se esperaba era una despresurización de las cárceles, no porque las personas salieran como si nada, sino porque se iban a favorecer los acuerdos preparatorios, el pago a las víctimas y medidas diferentes a la prisión, ese es el objetivo del nuevo proceso”.

De acuerdo con el Inegi, durante 2020 ingresaron 5 mil 956 personas a los centros penitenciarios federales104 mil 395 a los centros penitenciarios estatales. En comparación con 2018, hubo casi cinco mil ingresos más en 2020, ya que pasó de un total de 105 mil, 636 a 110 mil 351 ingresos. En 2019 se registó un pico de hasta 122 mil 556 ingresos a penales federales y estatales.

Para el abogado Jorge Ricardo García Villalobos Haddad el debate que se dio sobre eliminar la prisión preventiva oficiosa “tiene varias aristas y hay que verlo desde distintos puntos de vista”.

“Si lo ves del punto de vista de la víctima de un delito calificado como grave, como era antes, que hoy pasan a los que ameritan esa prisión preventiva oficiosa contemplada en la Constitución, pues te dirán ‘Oye, yo fui objeto de violación sexual ¿Vas a dejar que mi agresor enfrente el proceso en libertad o no?’, si lo dejas en libertad estás dañando un derecho humano de la víctima.

“Ahora, si lo ves desde el punto de vista del acusado, te puede decir que también estás violando su derecho humano de presunción de inocencia al dejarlo privado de su libertad, porque lo estás pre-sentenciando en un sistema de justicia penal donde se presume la presunción de inocencia.

“Si lo ves desde el punto de vista autoridad y hablo del policía, el policía que detiene al agresor y lo pone a disposición del Ministerio Público y el Ministerio Público hace su esfuerzo para poder conseguir que se gire una orden de aprehensión o se le detenga y de repente dejan al acusado en libertad por una discrecionalidad del juez, pues los policías dirán que esto es ‘una puerta giratoria’, porque los detienen y al poco tiempo salen en libertad.

“Ese es el debate en nuestro sistema penal. Nosotros en México, y esta es una opinión muy personal, tratamos de copiar los modelos de otros países, pero la verdad es que nuestra cultura, la delincuencia y los perfiles de los delincuentes ameritan un estudio mucho más serio y profundo”, señaló.

No obstante, el defensor dijo que quitar la prisión preventiva oficiosa “no es malo”, pero lo que pasaría “es que el Ministerio Público, la víctima o el asesor de la víctima tendrá que explicarle al juez por qué tiene que quedarse privado de su libertad el presunto delincuente, ya sea por su peligrosidad o porque es posible que escape de la justicia o cualquier otro argumento”.

“Pero esto abre otro debate, porque si dejas a discrecionalidad de un juez el decidir sobre quiénes sí se deben quedar privado de su libertad y quiénes no, pues se va a presentar a muchas malas interpretaciones. Y hay que decirlo con todas sus letras, porque existe, se puede dar corrupción del sistema”, apuntó.

Ante este escenario, García Villalobos Haddad preguntó: “¿Nuestra sociedad está preparada para que un juez o el Ministerio Público decida si se le aplica la prisión a una persona o no?“.

“Porque se puede dar un efecto completamente inverso, si se da el caso de que se elimine la prisión preventiva oficiosa. Que las Fiscalías y los Ministerios Públicos busquen y justifiquen a como dé lugar la prisión para el presunto delincuente, entonces no resolverías el problema, sino que crearías uno mucho más grande”, estimó.

El abogado también desmintió el argumento del gobierno sobre que serían liberadas 90 mil personas si se elimina esta figura.

“No se les dejaría en libertad de forma inmediata, pero sí tendrías una cascada de audiencias de revisión de la medida cautelar que van a saturar el sistema judicial”, anotó.

“¿Qué quiere decir esto? Pues que, al no estar en la Constitución la prisión preventiva oficiosa, los presuntos delincuentes solicitarán esta audiencia para que un juez revise su medida cautelar, ya que serán los jueces los que decidirán quién se queda en la cárcel y quién no”, precisó.

“De que se vayan 90 mil de un día para otro no, evidentemente va a haber gente que tendrás que liberar, si me preguntas cuántos, no lo sé”.

Aclaró que lo que hizo la Suprema Corte sólo es interpretar la Constitución, pero quien también podría eliminar esta figura es el Poder Legislativo.

“La Corte no puede llegar y darle ‘delete’ al artículo 19 constitucional, lo único que puede decir es que consideran que, de acuerdo con tratados internacionales, la prisión preventiva oficiosa no es congruente con la política de presunción de inocencia y de cuidado del derecho humano”, refirió. Pero esto ya no pasó, al menos este día.

El abogado añadió que si él fuera autoridad, se opondría a la inconstitucionalidad de la prisión preventiva oficiosa, porque eso “me estimula ir en contra de delincuentes de delitos graves porque los puedes dejar privados de su libertad, sin la necesidad de tener que explicar los motivos”.

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