Derechos Humanos

Ministra plantea a la SCJN amparo en favor de las infancias trans

La ministra Norma Piña plantea que se ampare a un menor de la CDMX para que haga el cambio en su acta de nacimiento en el registro civil y declarar inconstitucional el requisito de ser mayor de edad para realizarlo por esa vía.

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La ministra Norma Piña propondrá al pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declarar inconstitucional que se exija a las personas ser mayores de 18 años para poder modificar el género en su acta de nacimiento mediante un trámite administrativo, lo que de aprobarse daría un paso más en favor de las infancias trans.

La ministra hizo público el proyecto que se tiene previsto sea revisado en la sesión de este miércoles con el que plantea amparar a un menor de edad de la Ciudad de México para que haga el trámite de adecuación sexogenérica ante el Registro Civil y no mediante un proceso judicial.

Norma Piña concluye que el artículo 135 Quater del Código Civil y parte del artículo 69 del Reglamento del Registro Civil capitalinos, que consignan que para hacer el ajuste en el documento se requiere ser mayor de edad,  son inconstitucionales.  

“(Pues se) Excluye injustificadamente a las personas menores de 18 del procedimiento administrativo para la adecuación del acta de nacimiento con motivo de la identidad de género autopercibida. Por tanto, debe concederse el amparo solicitado a fin de que esos preceptos no sean aplicados (en el presente o en lo futuro) a la persona menor de edad aquí quejosa”, se lee en el proyecto del amparo 155/2021 publicado por la SCJN.      

La ministra de la SCJN explica en el proyecto en favor de las infancias trans que ante la vía judicial que un juez de distrito planteó al menor que se amparó “existen otros medios más idóneos” y “esos medios son los procedimientos administrativos que pueden substanciarse ante las autoridades del registro civil”.

El proyecto sostiene que la plena identificación de las personas a partir de la adecuación de sus datos de identidad, conforme a su identidad de género autopercibida, es lo que les permite proyectarse en todos los aspectos de su vida. “De este modo se estaría reconociendo legalmente su existencia como el ser que realmente es”.

Y agrega que la falta de reconocimiento del derecho a la identidad de género de las personas trans puede conllevar a violaciones de otros derechos humanos, por ejemplo, torturas o maltratos en centros de salud o de detención, violencia sexual, denegación del derecho de acceso a la salud, discriminación, exclusión y bullying en contextos de educación, discriminación en el acceso al empleo o en el seno de la actividad profesional, vivienda y acceso a la seguridad social

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