La SCJN va contra la prisión preventiva oficiosa pese a inconformidad de AMLO

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discute este lunes la inconvencionalidad de la figura de la prisión preventiva oficiosa en México con dos proyectos que proponen su eliminación de la Constitución, pese a los llamados del presidente Andrés Manuel López Obrador.

La acción de inconstitucionalidad 130/2019, y su acumulada 136/2019, fue promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos y un grupo de senadores en contra del artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales y del artículo 5 de la Ley de Seguridad Nacional.

El proyecto está a cargo del ministro Luis María Aguilar Morales, quien considera que la prisión preventiva oficiosa viola el derecho de libertad, expuesto en el artículo 1° de la Constitución, y es contraria a los lineamientos internacionales en derechos humanos a los que México está adscrito.

“Se declara la invalidez (…) por establecer la procedencia de la prisión preventiva en forma oficiosa, absoluta, desproporcionada y automática, en contravención de los principios constitucionales”, dice el proyecto elaborado por el ministro Luis María Aguilar Morales.

Al considerarse que la prisión preventiva oficiosa es inconvencional e inconstitucional, el artículo 19 de la Constitución, que establece un catálogo de delitos que ameritan esta figura de manera inmediata, quedaría inoperante. 

En este catálogo de delitos están el abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas y robo de casa habitación, delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, así como los delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad, y de la salud, entre otros.

Cualquier persona llevada a proceso judicial por los delitos contemplados en el artículo 19 de la Constitución, debe enfrentar su proceso desde prisión, como medida cautelar.

De aprobarse el proyecto del ministro Aguilar Morales, con ocho o más votos a favor, las fiscalías o ministerios públicos tendrán la obligación de justificar las solicitudes de prisión preventiva ante un juez para que éste evalúe los argumentos y decida, en cada caso, si la medida cautelar de prisión preventiva es idónea para el imputado.

“Corresponderá a los operadores jurídicos competentes decidir y resolver, en cada caso concreto sujeto a su conocimiento”, indica el proyecto del ministro.

Si el proyecto no alcanza la mayoría de ocho votos o más, la propuesta se desechará y no habrá modificaciones. Sin embargo, existe otro asunto relacionado con la inconstitucionalidad de la prisión preventiva oficiosa que de ser aprobado con mínimo siete votos, abrirá la posibilidad de que quienes tengan prisión preventiva oficiosa puedan promover un amparo, el cual se resolverá con los mismos criterios que la Corte establezca en este caso.

El asunto es el amparo en revisión 355/2021, a cargo de la ministra Norma Lucía Piña Hernández, promovido por Brandon Alexis Flores Ramírez, hermano de Óscar Andŕes, “El Lunares”, presunto líder del grupo delictivo Unión Tepito.

Flores Ramírez fue detenido el 21 de mayo de 2020 durante un operativo coordinado por la Secretaría de Marina y autoridades de la Ciudad de México y fue vinculado a proceso por operaciones con recursos de procedencia ilícita, daños a la salud y portación de arma de fuego de uso exclusivo del Ejército, delitos contemplados para prisión preventiva oficiosa.

La ministra Piña Hernández propone amparar a Brandon Alexis para que se realice una audiencia de revisión de medidas cautelares en la que no se aplique la prisión preventiva sin justificar que es necesaria en este caso.

“(La prisión preventiva) tiene que dictarse de manera fundada y motivada, así como revisarse periódicamente mientras no se resuelva la situación jurídica del procesado”, se argumenta en el proyecto de la ministra Piña Hernández.

Las advertencias de AMLO

Desde que el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, anunció que estos asuntos serían resueltos por el Pleno, el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, expresó su descontento y aseguró que estos cambios promueven la impunidad.

“Una, es eliminar delitos considerados graves”, dijo en su conferencia del 24 de agosto, “y otra por el mismo sentido, para que los jueces puedan dejar en libertad a quien ellos decidan”.

A raíz de las descalificaciones del presidente, jueces y magistrados federales de la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del PJF se pronunciaron al respecto y consideraron que estas expresiones atentan contra la independencia judicial.

El 31 de agosto, el presidente volvió a expresar su desacuerdo y anunció que enviará a la SCJN y al Consejo de la Judicatura Federal los casos de jueces que deberían ser investigados por haber beneficiado a personas señaladas por casos graves.

Sin embargo, el enfrentamiento del titular del Poder Ejecutivo contra los miembros del Poder Judicial continuó. El viernes pasado, Andrés Manuel López Obrador se lamentó por los ministros que él propuso durante su administración, pues aseguró que ya no buscan la “transformación y hacer justicia”. 

“¿Y qué creen? Me equivoqué, porque hice propuestas pero ya una vez que propuse ya por el cargo, o porque cambiaron de parecer, ya no están pensando en el proyecto de transformación y en hacer justicia”, dijo el presidente en su conferencia matutina de este viernes 2 de septiembre.

Durante los cuatro años de gobierno de López Obrador, cuatro ministros han entrado a la SCJN, propuestos por el presidente y aprobados por la Cámara de Senadores: Juan Luis González Alcántara Carrancá, Yasmín Esquivel Mossa, Ana Margarita Ríos Farjat y la más reciente, Loretta Ortiz Ahlf.

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