Catálogo de delitos con prisión preventiva oficiosa respeta derechos, dice la Fiscalía de CDMX
Vocero de la FGJCDMX, Ulises Lara

El vocero de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX), Ulises Lara López, aseguró que la figura de prisión preventiva oficiosa, prevista en el artículo 19 de la Constitución, está apegada a los derechos humanos y al debido proceso.

En un mensaje a medios de comunicación, el funcionario se pronunció sobre la la inconstitucionalidad e inconvencionalidad de la prisión preventiva oficiosa que se discute en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y afirmó que el catálogo de delitos que ameritan esta medida forzosa es respetuosa de los derechos humanos. 

“La propia norma fundamental de nuestro país prevé los casos excepcionales en los cuales puede restringirse la libertad de las personas, situación que se ajusta a los principios del derecho internacional y por ello es respetuosa a los derechos humanos y del debido proceso”, dijo Lara López este 7 de septiembre.

Este mensaje por parte del vocero de la FGJCDMX se da un día antes de que el Pleno de la SCJN resuelva dos acciones de inconstitucionalidad para definir si se inaplica el artículo 19 y se declara la inconvencionalidad de la prisión preventiva oficiosa.

Además, la Corte también resolverá un amparo en revisión, interpuesto Brandon Alexis, hermano de “El Lunares”, líder de la Unión Tepito, en el que se propone otorgarle una audiencia de revisión de medidas cautelares para que el Ministerio Público de la FGJCDMX justifique la prisión preventiva y un juez determine si es necesario que lleve su proceso en prisión o en libertad.

Brandon Alexis fue detenido en la colonia Guerrero en mayo de 2020 por los delitos contra la salud y delincuencia organizada, expresados en el artículo 19 con prisión preventiva oficiosa, es decir, el Ministerio Público no tuvo que justificar esta medida ante un juez, pues decretó en automático por el tipo de delitos que se le imputaron.

Ulises Lara López señaló que la prisión preventiva debe ser considerada como una medida extraordinaria y proporcional y reiteró que la Constitución establece un catálogo de delitos con prisión preventiva oficiosa que garantizan que el acusado no huya de la justicia.

“La prisión preventiva oficiosa debe analizarse desde una interpretación armónica, sistemática del marco jurídico nacional y convencional en ese sentido la PP debe de ser considerada como una medida extraordinario, proporcional y subsidiaria que la Constitución establece expresamente para un catálogo de delitos con la finalidad de garantizar que el inculpado no evada la acción de la justicia”, sostuvo Lara López.

El jueves 8 de septiembre, la SCJN reanudará la sesión pendiente, pues el ministro ponente, Luis María Aguilar Morales, solicitó tiempo para contestar los argumentos de sus colegas y, de ser necesario, modificar el proyecto, pues siete de los 11 ministros rechazaron su propuesta original de inaplicar el artículo 19 constitucional.

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