Siete ministros rechazan proyecto contra prisión preventiva oficiosa
Siete ministros de la SCJN rechazaron el proyecto contra la prisión preventiva oficiosa en los términos en los que se planteó.

El proyecto del ministro Luis María Aguilar Morales, que propone la inconstitucionalidad e inconvencionalidad de la prisión preventiva oficiosa y la inaplicación del artículo 19 de la Constitución, fue rechazado tal y como está, por siete ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Sin embargo los votos se dividieron en otras alternativas, pues la mayoría de los ministros sí considera que la figura de prisión preventiva oficiosa es violatoria de derechos humanos, pero no está de acuerdo con que sea la Corte quien decida la inaplicación de una norma constitucional, aunque esta sea contraria a la protección de los derechos humanos. 

De los 11 ministros que integran el Pleno de la SCJN, cuatro están a favor del proyecto original; otros cuatro están en contra de todo el proyecto y tres están a favor de la inconstitucionalidad de la prisión preventiva oficiosa, pero en contra de que se inaplique el artículo 19 de la Constitución, mientras que tres de los ministros se pronunciaron a favor de realizar una nueva interpretación del mismo. 

Por esta razón, el proyecto propuesto por el ministro Aguilar Morales no alcanza la mayoría de ocho votos para ser aprobado en los términos en los que se planteó, por lo que el ponente hará un análisis de los argumentos de los ministros para refutar en la siguiente sesión del Pleno y, si así lo considera, cambiar el proyecto.

El próximo jueves 8 de septiembre, los ministros votarán definitivamente este asunto, junto a la invalidez de disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, el Código Fiscal de la Federación y el Código Penal Federal que contemplan la inclusión de los delitos fiscales como un tipo de delincuencia organizada que ameritan prisión preventiva oficiosa.

Algunos ministros ya pronunciaron su sentido de voto sobre este apartado, el cual sí podría sumar los ocho votos a favor para declarar su inconstitucionalidad.

El jueves también se resolverá en el Pleno un amparo en revisión interpuesto por el hermano de “El Lunares”, líder de la Unión Tepito. En proyecto de la ministra Norma Lucía Piña Hernández se propone otorgarle una audiencia de revisión de medidas cautelares para que un juez evalúe su situación.

Si ese asunto suma siete votos a favor, se abre la posibilidad de que otras personas con prisión preventiva oficiosa puedan acceder a una revisión de medidas cautelares para que un juez evalúe si es necesario que estén en prisión o si existe otra opción para llevar su proceso en libertad.

Cuatro ministros a favor de priorizar los derechos humanos por encima de la Constitución

Arturo Zaldívar, Luis María Aguilar Morales, Norma Lucía Piña Hernández y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena se pronunciaron a favor del proyecto original, pues consideraron que la Corte tiene facultades para inhabilitar un artículo de la Constitución si éste contempla restricciones a los derechos humanos y es contrario al artículo 1° constitucional.

Al respecto, el ministro presidente Arturo Zaldívar se posicionó porque la SCJN sí puede inaplicar el artículo 19 constitucional, pues independientemente a que sea contraria a tratados internacionales, ésta es contraria al artículo 1° de la Constitución, lo que significa que los ministros tienen la obligación de ponderar las normas constitucionales sobre ellas mismas.

“Lo cierto es que la prisión preventiva oficiosa en nuestro país tiene a miles de personas en la cárcel, la mayoría de ellos son pobres, los olvidados y marginados que no tienen quién los defienda, y afecta, de manera particular, a las mujeres”, dijo Zaldívar durante su intervención.

La ministra Norma Piña Hernández también expuso su postura y aseguró que los derechos humanos están por encima de la misma Constitución mexicana, a partir de la reforma en materia de derechos humanos de 2011, por lo que si una norma constitucional es violatoria, ésta debe ser inaplicable.

La ministra Piña Hernández consideró que al inaplicar el artículo 19, la SCJN no invade facultades del Poder Legislativo, pues  “al asumir competencia para cumplir con el mandato contenido en el artículo 1° constitucional, no rompe con la división de poderes y el principio democrático”, señaló.

En la conclusión de su exposición, la ministra lanzó una serie de preguntas a sus colegas del Pleno que estuvieron en contra de inaplicar el artículo 19 constitucional con la que expresó el dilema en el que se encuentran los ministros con la resolución de este proyecto: defender la Constitución o defender los derechos humanos.

“¿Qué debemos hacer como Tribunal Constitucional? ¿Dejar que nos condene la Corte Interamericana? ¿No cumplir con la obligación que nos marca nuestra propia Constitución en el artículo 1°: no llevar a cabo todos los ejercicios interpretativos y argumentativos que nos puedan llevar a cumplir esa obligación, que deriva del artículo 1° constitucional?”, dijo Piña Hernández.

Síguenos en

Google News
Flipboard