La CRE publica proyecto para fijar precios máximos del gas LP
Estos son los precios del gas LP del 11 al 17 de septiembre. Foto: La-Lista.

La Comisión Reguladora de Energía (CRE) publicó el proyecto por el cual establece la metodología que se utilizaría para regular los precios del gas LP en México.

El documento, detalló la CRE, busca dar cumplimiento a la directriz de emergencia publicada el 29 de julio por la Secretaría de Economía, en el Diario Oficial de la Federación (DOF). 

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Para fijar los precios, la CRE utilizará una fórmula de cálculo basada en los precios de comercialización, el costo del transportes, el margen de ganancias y los impuestos.

Con ello, cada sábado publicará el precio máximo que deberá ser aplicado en cada una de las 145 regiones del país.

Hasta el 31 de diciembre de 2016, la Secretaría de Economía publicaba los precios máximos para la venta de gas LP, para ello había dividido al país en 145 regiones. 

El documento fue aprobado por los comisionados de la CRE y subido a la plataforma de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer), la tarde de este 29 de julio.

El 28 de julio, la Secretaría de Energía solicitó a la CRE fijar un precio máximo para la venta al público de gas LP, que actualmente, por ley, se fija conforme a las condiciones del mercado.

A través de la directriz de emergencia para el bienestar del consumidor de gas LP, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se estableció que la CRE deberá emitir la normatividad en la que se incluye la regulación del precio en un plazo no mayor a tres días.

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El objetivo es “establecer las bases para la atención de emergencia de un problema social y de seguridad nacional que surge por el daño que se ocasiona día con día al consumidor de gas LP derivado las ventajas excesivas e injustificadas que a partir de la liberalización del precio del gas licuado de petróleo (gas LP) se obtienen en la comercialización y distribución del combustible”.

El documento enviado por la titular de la dependencia, Rocío Nahle, señala que es tarea del Estado asegurar el acceso asequible al combustibley prever niveles adecuados en los precios.

El Artículo 82 de la Ley de Hidrocarburos estipula que la CRE está cargo de la regulación de precios y tarifas en la materia, “con excepción de las actividades de Expendio al Público de Gas Licuado de Petróleo, gasolinas y diésel, cuyos precios se determinarán conforme a las condiciones de mercado”.

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