Hoy No Circula: ¿Qué carros no circulan el miércoles 4 de mayo?
Continúa la Fase 1 de Contingencia Ambiental atmosférica por ozono en la Ciudad de México, con el fin de proteger la salud de la población ante la exposición a niveles altos de contaminación. Foto: EFE/ Mario Guzmán

El Hoy No Circula especial se aplicará este miércoles 4 de mayo, por lo que varios carros tienen restringido transitar a partir de las 5:00 y hasta las 22:00 horas por la activación de Contingencia Ambiental en la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM).

Mediante un comunicado, la Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) informó que diversos vehículos no podrán circular debido a la mala calidad del aire, pues se registraron concentraciones máximas de ozono que superaron los 154 ppb a las 18:00 horas en la estación Santa Fe, de la alcaldía Álvaro Obregón, y para mañana se prevén condiciones de clima que no favorecerán a que disminuya la contaminación.

¿Qué carros no circulan el miércoles 4 de mayo por la Contingencia Ambiental?

A estos carros aplicará el Hoy No Circula para mañana 4 de mayo desde las 5:00 hasta las 22:00 horas por la Contingencia Ambiental:

  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación tipo 1 cuyo último dígito numérico sea 2, 3, 4, 6, 8, y 0  así como aquellos cuya matrícula esté conformada sólo por letras.
  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación “0 y 00”, engomado rojo, terminación de placa  3 y 4 .
  • Los vehículos de uso particular con matrícula foránea que no porten holograma de verificación vehicular, serán considerados como holograma Dos.
  • Restricción a la circulación del 50 por ciento de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea PAR.
  • Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas., con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o EDOMEX.
  • Los taxis con holograma de verificación “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos  1) y 2), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.
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Diversos vehículos de uso particular no podrán circular debido a la mala calidad del aire. Foto: EFE

¿Qué carros sí circulan el miércoles 4 de mayo?

Según la CAMe, los siguientes vehículos sí podrán circular mañana a pesar del Hoy No Circula establecido por la Fase 1:

  • Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
  • Vehículos que porten holograma “00” o “0” cualquiera que sea su uso, con excepción de los vehículos con  engomado color rojo,  terminación de placa 3 y 4.
  • Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica (incluye vehículos con personas que asisten a la vacunación por la COVID-19 y que porten folio de cita).
  • Vehículos de uso particular de trabajadores y trabajadoras del sector salud en todas sus especialidades, paramédica y administrativa con credencial vigente.
  • Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población
  • Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental.
  • Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
  • Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
  • Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
  • Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).
  • Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
  • Los vehículos que formen parte del Programa Paisano y porten la autorización correspondiente.
  • Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.

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