Género

Aborto: México avanza para garantizarlo de forma legal, segura y gratuita

La Suprema Corte declaró inconstitucional penalizar el aborto, lo que abre la puerta para permitirlo en todo el país y ofrecer condiciones para ello.

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Alejandra abortó en la Ciudad de México a los 19 años. Acudió a una clínica de Interrupción Legal del Embarazo (ILE) donde hacerlo con medicamentos a las seis semanas de su embarazo. “Fue muy rápido, mi mamá me acompañó y todo pasó rápido. Tuve suerte de que mi mamá me apoyara y que pudiera hacerlo sin miedo”, dice la joven, que actualmente tiene 29 años.

Aunque nunca se sintió criminalizada por interrumpir su embarazo, tiene amigas que sí padecieron el miedo a ser encarceladas por abortar. “Tenía una compañera que era de otro estado y ella abortó cuando era más chava y me dijo que fue con un amigo de su mamá que era doctor y le hizo el favor de ayudarla, pero que todo fue muy secreto y peligroso porque si se enteraban todos iban a la cárcel”, cuenta Alejandra.

Cuando la joven abortó, en 2009, la despenalización de esta práctica tenía dos años en la Ciudad de México. Hasta 10 años después, Oaxaca despenalizó la interrupción del embarazo; sin embargo, no ha creado políticas públicas en materia de salud para garantizar el acceso gratuito a esta práctica. Dos años después, en los primeros siete meses de este año, Veracruz e Hidalgo le siguieron los pasos.

Pero la capital del país sigue siendo la entidad que ofrece las mayores condiciones de seguridad para las mujeres que desean interrumpir un embarazo antes de las 12 semanas de gestación. Tras 14 años de acceso gratuito a la ILE, 237 mil 643 mujeres han abortado en las unidades médicas de la Secretaría de Salud de la CDMX, de las cuales 73 mil 427 procedían del resto de la República Mexicana, con las mujeres del Estado de México como las más recurrentes, con 64 mil 077 casos.

El 7 de septiembre, México se acercó a la meta para despenalizar el aborto en todo su territorio. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sentó un precedente que todos los juzgadores, federales y locales, deberán aplicar: la no criminalización de mujeres y personas gestantes que deciden interrumpir su embarazo. Esto, al invalidar el artículo 196 del Código Penal del estado de Coahuila, que imponía de uno a tres años de prisión a quienes abortaran y al votarse de forma unánime por los ministros de la Corte, esta decisión generó jurisprudencia en todo el país.

Sin embargo, aún falta mucho para que el acceso a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) sea una realidad no solo en materia penal, sino de salud y políticas públicas en todo México.

No más presas por abortar

Con la reciente sentencia de la SCJN, ningún estado del país puede acusar penalmente a una mujer o persona gestante por abortar, y aunque los siguientes pasos les debe dar el Poder Legislativo, el ministro presidente de la Corte, Arturo Zaldívar, declaró en conferencia de prensa que el Pleno continuará con las discusiones en esta materia a favor de los derechos de las mujeres. “Sería deseable que este tipo desapareciera de todas las leyes locales y federales, pero ahí nosotros no podemos incidir, a nosotros nos toca solamente incidir en el ámbito de los jueces y en el ámbito de los defensores y ahí estamos haciendo la labor que nos toca”, dijo el ministro presidente el miércoles 8 de septiembre.

Dafne, originaria de Querétaro y Diana Patricia, de Veracruz, comparten la misma historia: ambas sufrieron un aborto espontáneo en un baño público, la primera en 2015, y la segunda en 2021. Las dos fueron detenidas por homicidio contra sus hijos, pues los productos murieron. Aunque Dafne obtuvo su libertad en 2019, luego de tres años en prisión. Diana está encarcelada desde mayo del 2021. Sus casos se unen a la lista de mujeres presas tras abortar, acusadas del delito de homicidio.

El 8 de septiembre, Zaldívar prometió que los abogados del Instituto Federal de la Defensoría Pública (IFDP) asesorarán a mujeres en prisión por abortar. “El día de hoy, el Consejo de la Judicatura Federal aprobó un acuerdo para que el Instituto de la Defensoría pueda asesorar, representar y defender a las familias víctimas de feminicidio y a las mujeres que estén siendo procesadas, hayan sido sentenciados o pretendan ser imputadas por el delito de aborto”.

Para los casos como el de Diana y Dafne, La-Lista le preguntó en conferencia de prensa a Zaldívar sobre la defensa para las mujeres que han abortado pero que fueron juzgadas y sentenciadas por otro delito, como el de homicidio en razón de parentesco, a lo que el ministro respondió: “Tendremos que analizar cada caso concreto. Los abogados, porque también, así como respeto la independencia de los jueces, respeto también la independencia de los abogados y las abogadas, se tendrán que analizar los casos y se buscará qué alternativa es la que procede, dependiendo de la situación”.

Garantizar la educación sexual, un aborto libre, seguro y gratuito

Más allá de la despenalización del aborto, el Estado debe garantizar su acceso a todas las mujeres de manera libre, segura y gratuita, además de proveer educación sexual y anticonceptivos, de acuerdo con Melissa Ayala, abogada del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE). Para ello, existen diversas opciones, incluso desde la ciudadanía. “Se puede presentar el proyecto al Legislativo como una iniciativa ciudadana, y se requieren firmas para llevarlo ante los diputados y que lo discutan”, explica la abogada.

De lograrse una iniciativa así, la aprobación quedaría en manos de los legisladores para reformar la Ley General de Salud e incorporar la práctica del aborto para que médicos garanticen esta práctica en las unidades de salud para todas las mujeres y personas gestantes y hasta qué etapa del embarazo se puede hacer.

Ayala contempla que tras la sentencia de la Corte, se genere una cadena de cambios desde diferentes flancos. “Si sacas el aborto de los códigos penales, se tendrá que regular de alguna forma. Entonces, eso obligaría a las cámaras a legislar en esta materia, por eso la sentencia de la Suprema Corte es un paso enorme e histórico”, pues tomando en cuenta que solo cuatro estados de los 32 de la República Mexicana han legislado sobre el derecho de mujeres y personas gestantes a decidir, bloquear los procesos penales por abortar en todo el país ya es un principio fundamental para impulsar otras reformas, de acuerdo con Ayala.

Adiós al candado de proteger la vida desde la concepción

Aunque la protección a la vida desde la concepción no representa un impedimento para abortar, 19 de las 32 entidades sí presentan esta definición en sus constituciones, de acuerdo con datos de GIRE. Incluso la Constitución de Oaxaca, que despenalizó el aborto en 2019, mantiene esta definición en su artículo 12.

Sin embargo, el 9 de septiembre, la SCJN declaró inconstitucional esta definición vertida en el artículo 4° bis de la Constitución de Sinaloa, y al ser también unánime esta votación, generó un criterio obligatorio para todo México.

Ahora, esta cláusula no podrá ser utilizada por ninguna razón, de lo contrario, será una violación a los derechos humanos de las mujeres y estas podrán ampararse, pues bajo este discurso, se puede inhibir el acceso a abortar, incluso en casos de violación. De acuerdo con la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los congresos estatales no están facultados para definir la vida desde la concepción.

Estas sentencias encaminan a México a la total despenalización del aborto, así como a garantizarlo de forma segura y gratuita.

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