La SCJN declara inconstitucional el padrón de telefonía móvil que recabaría datos biométricos
En México, 3 de cada 4 personas tiene un celular inteligente, mientras que 75% utilizaron Internet en los últimos 3 meses. Foto: Robin Worrall / Unsplash.

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut), por unanimidad de votos, por violar la privacidad de datos personas, en especial los datos biométricos.

El padrón es parte del decreto de reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de abril de 2021, impulsado por el gobierno de Andrés Manuel López Obrador (AMLO) como parte de su estrategia contra los delitos cometidos por medio de telefonía celular.

El artículo 180 Ter exigía que cada usuario de celular debía entregar nombre completo, nacionalidad, CURP, datos biométricos, como huella digital, y domicilio, lo que fue considerado por el Pleno como una violación al derecho a la privacidad de datos personales de los usuarios.

El proyecto que se discutió fue realizado por la ministra Norma Lucía Piña Hernández que propuso la invalidez total del decreto, pues éste no contenía lineamientos para establecer la temporalidad del registro de los datos, ni la autorización judicial para hacer uso de ellos, lo que deja espacio para que el Estado vigile a la población.

Con el Panaut se crea un sistema de vigilancia permanente e indiscriminado que permite al Estado interferir y monitorear directamente la vida privada de las personas, lo cual es abiertamente contrario a los principios que orientan el funcionamiento de una democracia constitucional contemporánea”, dice el proyecto de la ministra Piña.

Esta acción de inconstitucionalidad 82/2021, y su acumulada 86/2021, fueron promovidas el 13 de mayo de 2021 por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) y por senadores, pero desde octubre de 2021, la Primera Sala de la SCJN suspendió los efectos del decreto, por lo que el Panaut nunca se puso en marcha.

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