El SESNSP debe entregar información de mujeres víctimas de homicidio doloso en 2016: INAI
La información estadística relacionada con el homicidio de mujeres, donde el feminicidio se incluye como una variable, permite conocer la violencia a la que se enfrentan las mujeres. Foto: EFE

El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) debe entregar un desglose por entidad federativa de las mujeres víctimas de homicidio doloso durante 2016.

El pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) se encargó de resolver esta medida y revocó la respuesta del SESNSP a efecto de que haga una nueva búsqueda de la información solicitada en las unidades administrativas y competentes.

Un estudio que realizó la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) demuestra que en México una de las principales preocupaciones es la inseguridad que existe en todo el territorio nacional, por lo que, la comisionada Josefina Román Vergara destacó que el tema de la seguridad debe ser una labor primordial de los sujetos obligados en materia de transparencia.

Josefina Román Vergara declaró que se deben presentar a la ciudadanía estadísticas confiables que reflejen la situación específica de seguridad pública.

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En México una de las principales preocupaciones es la inseguridad, según un estudio de la UNAM. Foto: EFE

“Consideramos que es indispensable contar con información apegada a la realidad. Al conocer un problema desde todas sus aristas, estamos en la mejor posición de poder dar una solución pronta y efectiva. En este sentido, estimamos que dar a conocer el número de presuntas víctimas mujeres de homicidio doloso, por entidad federativa durante el año 2016, implica dar un paso en el reconocimiento de un problema en específico y, con ello, actuar oportunamente”, señaló la comisionada al presentar el asunto ante el Pleno.

Una persona solicitó el desglose de mujeres víctimas de homicidio doloso al SESNSP y en respuesta solamente se le proporcionó el reporte denominado “Información sobre violencia contra las mujeres, Incidencia delictiva y llamadas de emergencia 9-1-1”.

Inconforme con la respuesta, la persona solicitante presentó ante el INAI un recurso de revisión, por considerar que la información que se le otorgó no correspondía a lo que solicitó y que el Secretariado sí debe contar con los datos solicitados al nivel el desglose requerido.

“A través de la exposición de este asunto, nos gustaría hacer del conocimiento de la ciudadanía que si bien el derecho de acceso a la información se compone de la facultad de recibir información, también es cierto que este derecho es llave para el ejercicio de otros; por ejemplo, el acceso a la información permite obtener datos a partir de los cuales se pueden realizar diversas investigaciones en cuanto a la protección del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, lo cual, a su vez, permite generar sus propias conclusiones y generar conocimiento que puede convertirse en la base de la creación de políticas públicas”, afirmó la comisionada.

También Román Vergara consideró que la divulgación de la información estadística relacionada con el homicidio de mujeres, donde el feminicidio se incluye como una variable, permite conocer la violencia a la que se enfrentan las mujeres día con día, y con estos datos, las personas y organizaciones se pueden articular y exigir acciones concretas y específicas para frenar la violencia.

Posteriormente mencionó que todas las autoridades han puesto énfasis en combatir las causas de la violencia que afectan a las personas debido al genero, de evidenciar los estereotipos, redefinir la masculinidad y sentar las bases para refundar las relaciones entre todos.

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