¡De regreso a las banqueteras! Prohíben venta de alcohol en tianguis y bazares de CdMx
La nueva medida prohíbe la venta de alcohol en algunos establecimientos. Foto: AFP

El gobierno de la Ciudad de México (CdMx) prohibió la venta de bebidas alcohólicas en cualquier tipo de tianguis o bazar de las 16 alcaldías.

“El gobierno y sus Alcaldías promoverán y fomentarán la economía social y la distribución de alimentos básicos a través de los sistemas de abasto tradicionales como son los mercados públicos, los tianguis, las concentraciones y los pequeños comercios”, señalaron las autoridades en un documento publicado en la Gaceta Oficial de la capital.

Se destacó que la actividad económica que se lleva a cabo en mercados móviles como tianguis, bazares o complementarios, se caracteriza por ser dinámica y requiere una regulación que “genere certeza jurídica a los oferentes, así como a la población en general, por tratarse de una actividad que se desarrolla en la vía pública”.

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El gobierno de la CDMX dio a conocer la nueva medida sobre la venta de alcohol. Foto: AFP

Sin embargo, de acuerdo con el artículo 43, de los Lineamientos para la Operación de Mercados Móviles, las siguientes son causas de revocación del permiso de operación permanente:

  • La venta de bebidas embriagantes, medicamentos, animales exóticos y/o en peligro de extinción
  • La venta de telefonía celular, pirotecnia o cualquier otra mercancía o actividad ilícita.
  • La realización de actividades de tatuajes, perforaciones o micro pigmentación por parte de cualesquiera de los oferentes en un mercado móvil en la modalidad de tianguis, bazares o complementarios.
  • Presentar documentos falsos para la solicitud del permiso de operación.
  • Ocupar el espacio público en un horario y días no autorizado por la Secretaría de Desarrollo Económico, de manera reiterada.
  • Por causa justificada de interés público.
  • Aquellas que juzgue como causas graves la Secretaría de Desarrollo Económico.

También se destacó que cuando la alcaldía haga obras del servicio público que requieran el retiro temporal de los mercados, se deberá avisar mediante un escrito a la Secretaría de Desarrollo Económico y a la Asociación Civil de comerciantes con 15 días de anticipación para que se reasigne otro lugar durante ese lapso.

El documento se publicó en la Gaceta Oficial el 19 de octubre, por lo que entró en vigor este jueves 20.

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