La SCJN determinó la invalidez de que ciertos delitos fiscales fueran considerados como una amenaza a la seguridad nacional.
Se mantiene la prisión preventiva oficiosa, luego de que el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación no logró los ocho votos necesarios para invalidar una de las herramientas de los últimos gobiernos para mantener en la cárcel a personas acusadas por ciertos delitos sin que hayan recibido una sentencia.
El proyecto del ministros Luis María Aguilar alcanzó solamente seis de los ocho votos necesarios sobre la interpretación de la prisión preventiva oficiosa, una medida cautelar, que obliga a las y los jueces a enviar a prisión a las personas imputadas por los delitos contemplados en el el artículo 19 de la Constitución sin que haya una justificación para ello.
El análisis y discusión sobre la prisión preventiva oficiosa reinició el martes 22 de noviembre, luego de que en septiembre pasado tampoco logró el consenso necesario. En aquella ocasión, el ministro Aguilar proponía declarar la nulidad del artículo 19 constitucional, por considerar que se trata de una medida violatoria de derechos humanos al no ponderar la presunción de inocencia y convertirse en una sentencia anticipada en los hechos. Pero el proyecto no logró el consenso y se propuso elaborar uno nuevo, el cual comenzó a ser discutido esta semana.
El presidente Andrés Manuel López Obrador expresó su rechazo a la propuesta de anular la prisión preventiva oficiosa y lanzó descalificaciones a jueces y magistrados al llamarlos corruptos. Este jueves, nuevamente, el presidente se pronunció para que se mantenga la prisión preventiva oficiosa -en automático- en contra de quienes cometen delitos de defraudación fiscal , contrabando o están al frente de los mecanismos conocidos como factureras, para simular pagos y evitar el pago de contribuciones a la hacienda pública.
La discusión y votación que inició el martes 22 de noviembre se llevó a cabo por apartados. En lo que sí lograron un consenso los ministros fue en declarar la invalidez de que ciertos delitos fiscales fueran considerados como delitos que amenazan a la seguridad nacional y, por lo tanto, merezcan prisión preventiva oficiosa.
El ministro Javier Laynez Potisek destacó que lo que hizo el Congreso fue un fraude a la Constitución, ya que los delitos mencionados no fueron aprobados en la reforma constitucional del artículo 19 y el Congreso reformó entonces las leyes secundarias como la Ley de Seguridad Nacional.
Los votos a favor de esta medida fueron de los ministros Alberto Pérez Dayán, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Norma Lucía Piña Hernández, Margarita Ríos Farjat, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Javier Laynez Potisek y el ministro presidente Arturo Zaldívar. Votaron en contra las ministras Yasmín Esquivel, Loretta Ortiz Ahlf.
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